Texto de la norma
Decreto Nº 5455 que otorga el exequátur de ley como Abogado al Doctor José María Acosta Torres.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 5455
En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso 3º del articulo 49 de la Constitución de la República;
VISTA la instancia que por conducto del Procurador General de la República ha elevado al Poder Ejecutivo en fecha 30 de Octubre de 1948, José María Acosta Torres, en la cual solicita que se le conceda el exequátur para el ejercicio de la profesión de Abogado en todo el territorio de la República;
GACETA OFICIAL 31
VISTA la constancia expedida por el Secretario General de la Universidad de Santo Domingo, de que el peticionario cumplió con los requisitos para la obtención del título de Doctor en Derecho, en el año 1948;
VISTA la Ley Nº 111, del 3 de Noviembre de 1942,
DECRETO:
UNICO.— Otorgar, como por el presente otorgo, al Doctor José María Acosta Torres el exequátur de ley para que pueda ejercer en todo el territorio de la República la profesión de Abogado, siempre que se ciña a las leyes y reglamentos de la materia.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los ocho días del mes de noviembre del año mil novecientos cuarenta y ocho, años 105º de la Independencia, 86º de la Restauración y 19º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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