Texto de la norma
Decreto Nº 1922 que otorga el exequátur de ley al Doctor Manelic José Gassó Pereyra como Dentista.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana
NUMERO 1922.
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º de la Constitución de la República;
VISTA la instancia que por conducto del Secretario de Estado de Sanidad y Asistencia Pública ha elevado al Poder Ejecutivo en fecha 29 de marzo de 1944, el señor Manelic José Gassó Pereyra, en la cual solicita que se le conceda el exequátur para el ejercicio de la profesión de Dentista en todo el territorio de la República;
VISTO el título de Doctor en Cirugía Dental, expedido a su favor por la Universidad de Santo Domingo el 28 de octubre de 1943, y el Certificado de Registro que le ha concedido la Secretaría de Estado de Sanidad y Asistencia Pública en fecha 9 de mayo de 1944;
VISTA la Ley Nº 111, del 3 de noviembre de 1942, dicto el siguiente
DECRETO:
UNICO.— Otorgar, como por el presente otorgo, al Doctor Manelic José Gassó Pereyra el exequátur de ley para que pueda ejercer en todo el territorio de la República la profesión de Dentista, siempre que se ciña a las leyes y reglamentos de la materia.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los trece días del mes de mayo del año mil novecientos cuarenta y cuatro, años 101º de la Independencia, 81º de la Resturación y 14º de la Era de Trujillo,
RAFAEL L. TRUJILLO.
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