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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 2614

SOBRE RECLAMACIONES POR CREDITOS CONTRA EL ESTADO

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
16 abr de 1945fecha
Otrostipo
G. O. 6258Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto N° 2614, sobre reclamaciones por créditos contra el Estado. RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO 2614. En uso de las facultades que me confiere el artículo 6° de la Ley N° 412, de fecha 17 de Febrero de 1941; GACETA OFICIAL 17 VISTAS las Resoluciones Nos. 640, 641 y 642; VISTOS los informes presentados por la Comisión Depuradora de Créditos contra el Estado, en los cuales se recomienda aprobación; rechazo y aprobación; cancelación, rechazo y aprobación; y anulación de las reclamaciones que más adelante se detallan, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.— Se aprueban las reclamaciones por créditos contra el Estado que se mencionan a continuación: Recl. Núm. Reclamante Concepto Suma Aprobada Observaciones 3435 León Israel Sueldos $ 216.00 3588 Levi Germosen Torres " 216.00 3830 María Almanzar " 394.50 4755 Fidelina María Reyes " 302.50 4808 Ventura Santana " 288.00 4945 José María Rodríguez Arreson " 520.00 Reclama como apoderado Elisa C. de Rodríguez, cónyuge del reclamante, quien tiene a la vez como apoderada a la Lic. Abigail A. Coiscou. 5250 María Estervina Olivier " 327.50 5444 Ramón A. Liranzo R. " 216.00 5464 Delfina F. de Saillant " 228.00 Ratificó esta Recl. Lic. Pedro A. Saillant. 5497 Arístides Victoria hijo " 440.00 6125 Francisco Ortiz M. " 428.00 Reclama como cónyuge superviviente Rosa Villegas Vda. de Ortiz. Reclama en calidad de hermano del reclamante, Jesús Antonio Ortiz. 9002 Francisco Javier Taveras " 162.00 9084 Víctor E. Burgos " 127.50 18 GACETA OFICIAL. Art. 2. — Se rechazan, en parte, y se aprueban, en parte, las reclamaciones por créditos contra el Estado que se mencionan a continuación: Recl. Núm. | Reclamante | Concepto | Suma Rechazada | Suma Aprobada | Observaciones 3326 Manuel Rapozo — Sueldos $ 14.50 $ 91.00 — Fig. como apoderado por $80.00 Rogelio Oller. 3364 Luis A. López — " — 96.00 468.50 3749 Rosaura Saint Hilaire — " — 100.00 281.25 4013 Lorencita Félix de Mejía — " — 9.00 156.00 4043 Clémente Geraldino — Sueldos y gastos — 43.50 81.00 4072 Marina Santos de Suazo — Sueldos — 15.75 279.25 4126 Edelmira Genao G. — " — 37.50 273.50 4127 Francisca Genao G. — " — 37.50 273.50 4132 Juan Peña — " — 29.00 461.50 4220 Rafael M. Jaquez — Sueldos y gastos — 30.33 236.17 4368 José Fco. Luna hijo — Sueldos — 8.75 31.25 4432 Miguel A. Hernández — Arrend. — 12.00 48.00 4485 María Reves — Sueldos — 47.00 113.00 4660 Antonia Blanco — " — 45.00 186.00 4753 María Ventura — " — 0.80 96.00 4769 Petronila Gómez — " — 60.50 429.50 5463-A C. Alejandro Benoit — " — 158.33 100.00 — Reclama como apoderado el Lic. Federico C. Alvarez 5542 Delia Santelises de Estevez — " — 15.00 216.00 — Reclama como apoderado Luis María Espinal, por $90.00. 5867 Ana Fermín Vda. Morel — " — 9.00 156.00 6140 Ana Rosa Castillo — " — 432.83 236.84 — Hay un traspaso a favor de Neftalí Sosa. 6501 Rosa Edilia Ureña de Bueno — " — 31.50 268.50 6505 Carolina Pérez Rodríguez — " — 30.00 75.00 6533 Manuel de Jesús Rojas — " — 120.00 273.75 7469 Victoria García — " — 24.00 39.30 7917-A Ana Josefa Carrasco — " — 18.75 106.25 7975 Eva O. Martínez — " — 78.75 85.00 GACETA OFICIAL 19 Recl. Núm. | Reclamante | Concepto | Suma Pagada | Suma Rechazada | Observaciones 7990 Emilio Peralta Estevez — Sueldos $256.00 $394.50 Reclama como apoderado Apolinar Peralta Estevez. 8085 Carmen Generosa Burgos — " 18.75 106.25 8341 Ramón Antonio Cruz — " 31.70 258.30 8953 Jaime Alberto Smith — " 0.26 67.74 Fig. como apoderada Elena Francisca C. de Smith, esposa del reclamante. Art. 3.— Se cancelan, en parte, se rechazan, en parte, y se aprueban, en parte, las reclamaciones por créditos contra el Estado que se mencionan a continuación: Recl. Núm. | Reclamante | Concepto | Suma Cancelada por haber sido Pagada | Suma Rechazada | Suma Aprobada | Observaciones 4662 Julio Pou Pérez — Sueldos $102.00 $19.08 $24.85 Renovó esta reclamación María S. Vda. Pou, como cónyuge superviviente. Art. 4.— Se anula, por ser repetición de otra, la reclamación por créditos contra el Estado que se menciona a continuación: Recl. Núm. | Reclamante | Concepto | Suma Anulada | Observaciones 8640 Eva O. Martínez — Sueldos $85.00 Por ser una rep. de la Nº 7975. PARRAFO I.— En caso de que algunas de las reclamaciones por créditos contra el Estado que se mencionan en este Decreto hubieren sido cedidas, figuren o no los nombres de los cesionarios en el mismo, es deber de dichos cesionarios justificar la legitimidad de sus derechos por ante el Tesorero Nacional, al momento del pago de las mismas, y demostrar además, que han cumplido las disposiciones contenidas en los artículos 13, 15 y 17 de la Ley Nº 1486 del 20 de Marzo de 1938. 20 GACETA OFICIAL PARRAFO II.— Según lo autoriza la Ley Nº 412, en su artículo 7º, los reclamantes que no estuvieren conformes con lo decidido por el Poder Ejecutivo, podrán obtener del Secretario de la Comisión, sin costos, las copias certificadas de los documentos relativos a sus reclamaciones, a fin de poder recurrir, si lo desean, contra su decisión, por ante los tribunales de justicia. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los dieciseis días del mes de abril del año mil novecientos cuarenta y cinco, años 102º de la Independencia, 82º de la Restauración y 15º de la Era de Trujillo. RAFAEL L. TRUJILLO.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona