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Texto de la norma
12 GACETA OFICIAL
de diciembre del año mil novecientos cuarenta y ocho, años 105° de la Independencia, 86° de la Restauración y 19° de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
Decreto Nº 5555 que otorga el exequátur de ley como Farmacéutico al Doctor Augusto María Guzmán Socías.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana
NUMERO 5555.
En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso 3° del artículo 49 de la Constitución de la República;
VISTA la instancia que por conducto de la Secretaría de Estado de Sanidad y Asistencia Pública ha elevado al Poder Ejecutivo en fecha 20 de Noviembre de 1948, Augusto María Guzmán Socías, en la cual solicita que se le conceda el exequátur para el ejercicio de la profesión de Farmacéutico en todo el territorio de la República;
VISTOS el título de Doctor en Farmacia y Ciencias Químicas expedido a su favor por la Universidad de Santo Domingo, en fecha 28 de Octubre de 1948, y el Certificado de Registro que le ha concedido la Secretaría de Estado de Sanidad y Asistencia Pública, en fecha 7 de Diciembre de 1948;
VISTA la Ley Nº 111, del 3 de Noviembre de 1942,
DECRETO:
UNICO.— Otorgar, como por el presente otorgo, al Doctor Augusto María Guzmán Socías, el exequátur de ley para que pueda ejercer en todo el territorio de la República la profesión de Farmacéutico, siempre que se ciña a las leyes y reglamentos de la materia.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintiocho días del mes de diciembre del año mil novecientos cuarenta y ocho, años 105° de la Independencia, 86° de la Restauración y 19° de la Era de Trujillo.
GACETA OFICIAL 13
VISTA la instancia que por conducto de la Secretaría de Estado de Sanidad y Asistencia Pública ha elevado al Poder Ejecutivo en fecha 27 de Noviembre de 1948, Mercedes Hernández González, en la cual solicita que se le conceda el exequátur para el ejercicio de la profesión de Farmacéutica en todo el territorio de la República;
VISTOS el título de Doctora en Farmacia y Ciencias Químicas expedido a su favor por la Universidad de Santo Domingo, en fecha 28 de Octubre de 1948, y el Certificado de Registro que le ha concedido la Secretaría de Estado de Sanidad y Asistencia Pública, en fecha 7 de Diciembre de 1948;
VISTA la Ley Nº 111, del 3 de Noviembre de 1942,
DECRETO:
UNICO.— Otorgar, como por el presente otorgo, a la Doctora Mercedes Hernández González, el exequátur de ley para que pueda ejercer en todo el territorio de la República la profesión de Farmacéutica, siempre que se ciña a las leyes y reglamentos de la materia.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintiocho días del mes de diciembre del año mil novecientos cuarenta y ocho, años 105º de la Independencia, 86º de la Restauración y 19º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
Decreto Nº 5557 que otorga el exequátur de ley como Médico al Doctor Jacobo Antonio Alvarez Albizu.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana
NUMERO 5557.
En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso 3º del artículo 49 de la Constitución de la República;
VISTA la instancia que por conducto de la Secretaría de Estado de Sanidad y Asistencia Pública ha elevado al Poder Ejecutivo en fecha 30 de Noviembre de 1948, Jacobo Antonio Alvarez Albizu, en la cual solicita que se le conceda el exequátur para el ejercicio de la profesión de Médico en todo el territorio de la República;
VISTO el título de Doctor en Medicina expedido a su favor por la Universidad de Santo Domingo, en fecha 25 de Febrero de 1947;
VISTA la Ley Nº 617, del 24 de Noviembre de 1941, sobre Pasantía de Médicos graduados, reformada por la Ley Nº 304 del 29 de Mayo del año 1943, y ampliada por la Ley Nº 958, de fecha 30 de Julio del año 1945;
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.