Texto de la norma
Decreto Nº 4706 que suspende por un año el exequátur de ley como Abogado al Lic. José Granados Grullón.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana
NUMERO 4706.
CONSIDERANDO: Que el Licenciado José Granados Grullón ha sido condenado a un año de prisión correccional y multa por sentencia de la Corte de Apelación de San Pedro de Macorís, de fecha 3 de Octubre de 1947, por el delito de atentar contra la paz pública y el orden del Estado;
VISTO el informe rendido al respecto por el Procurador General de la República en fecha 5 de Noviembre en curso;
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49 inciso 3º de la Constitución de la República y visto el artículo 9 de la Ley sobre Exequátur de Profesionales, Nº 111, del 3 de Noviembre de 1942, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— El exequátur para el ejercicio de la profesión de Abogado otorgado al Licenciado José Granados Grullón por Decreto Nº 2665, del 8 de Mayo de 1945, queda suspendido por un año, a contar de la fecha del cumplimiento de la pena de prisión correccional que ha sido impuesta al abogado en referencia.
Art. 2.— Comuníquese al Procurador General de la República para los fines correspondientes.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los diez días del mes de noviembre del año mil novecientos cuarenta y siete, años 104º de la Independencia, 85º de la Restauración y 18º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
REPUBLICA DOMINICANA SECRETARIA DE ESTADO DE LO INTERIOR Y POLICIA RESOLUCION
NUM. A-55.
EL SECRETARIO DE ESTADO DE LO INTERIOR Y POLICIA,
VISTA la Ordenanza dictada en fecha 11 de agosto de
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