Texto de la norma
Decreto N° 4598 que otorga el exequátur de ley como Médico al Dr. Julio Benjamín Ramos Alvarez.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 4598.
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49 inciso 3° de la Constitución;
VISTA la instancia que por conducto de la Secretaría de Estado de Sanidad y Asistencia Pública ha elevado al Poder Ejecutivo en fecha 5 de Septiembre de 1947, el señor Julio Benjamín Ramos Alvarez, en la cual solicita que se le conceda el exequátur para el ejercicio de la profesión de Médico en todo el territorio de la República;
VISTO el título de Doctor en Medicina expedido a su favor por la Universidad de Santo Domingo, en fecha 28 de Octubre de 1946;
En vista de que la Secretaría de Estado de Sanidad y Asistencia Pública informa que el peticionario ha cumplido los requisitos establecidos por la Ley N° 617, del 24 de Noviembre de 1941, y de la N° 111, del 3 de Noviembre de 1942,
DECRETO:
UNICO.— Otorgar, como por el presente otorgo, al Doctor Julio Benjamín Ramos Alvarez, el exequátur de ley para que pueda ejercer la profesión de Médico en todo el territorio de la República, siempre que se ciña a las leyes y reglamentos de la materia.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de al República Dominicana, a los diecisiete días del mes de septiembre del año mil novecientos cuarenta y siete, años 104° de la Independencia, 85° de la Restauración y 18° de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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