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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 8832

que otorga el exequátur para ejercer sus respectivas profesiones a varios graduados de la Universidad de Santo Domingo

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
23 feb de 1953fecha
Exequáturtipo
G. O. 7552Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano
9personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Celeste Amantina Silva de los SantosExequátur—
Carmen María Pucheu DíazExequátur—
Francisco Cabral RemigioExequátur—
Emilio Cordero MichelExequátur—
Rogelio Augusto Jiménez HerreraExequátur—
Cirilo José CastellanosExequátur—
Francisco José Peynado VelázquezExequátur—
Anatilde MicheliExequátur—
Ramón Horacio Vicioso TejedaExequátur—

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Decreto N° 8832 que otorga el exequátur para ejercer sus respectivas profesiones a varios graduados de la Universidad de Santo Domingo. HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO 8832. VISTA la Ley N° 111, de fecha 3 de noviembre del 1942, sobre Exequátur de Profesionales; En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3° de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: UNICO. — Se otorga el exequátur de ley para que puedan ejercer sus respectivas profesiones, de conformidad con las leyes y reglamentos de la materia, a las siguientes personas: a) A la Dra Celeste Amantina Silva de los Santos, como Farmacéutica; GACETA OFICIAL 9 b) A la Dra. Carmen María Pucheu Díaz, como Farmacéutica; c) Al Dr. Francisco Cabral Remigio, como Abogado; d) Al Dr. Emilio Cordero Michel, como Abogado; e) Al Dr. Rogelio Augusto Jiménez Herrera, como Abogado; f) Al Dr. Cirilo José Castellanos, como Notario en el Distrito de Santo Domingo; g) Al Dr. Francisco José Peynado Velázquez, como Abogado; h) A la Dra. Anatilde Micheli, como Farmacéutica; i) Al Dr. Ramón Horacio Vicioso Tejeda, como Médico; y j) Al Señor José Ramón Lora Rosario, como Agrimensor. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintitrés días del mes de febrero del año mil novecientos cincuenta y tres, años 109º de la Independencia, 90º de la Restauración y 23º de la Era de Trujillo. HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona