Texto de la norma
Decreto Nº 3503 que concede el exequátur de ley como Farmacéutica a la Dra. Acela Licia Barinas de Uribe.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana
NUMERO 3503.
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49 inciso 3º de la Constitución de la República;
VISTA la instancia que por conducto de la Secretaría de Estado de Sanidad y Asistencia Pública ha elevado al Poder Ejecutivo en fecha 16 de Abril de 1946, Acela Licia Barinas de Uribe, en la cual solicita que se le conceda el exequátur para el ejercicio de la profesión de Farmacéutica en todo el territorio de la República;
VISTOS el título de Doctora en Farmacia y Ciencias Químicas expedido a su favor por la Universidad de Santo Domingo, en fecha 25 de Febrero de 1945, y el Certificado de Registro que le ha concedido la Secretaría de Estado de Sanidad y Asistencia Pública, en fecha 22 de Abril de 1946;
VISTA la Ley Nº 111, del 3 de Noviembre de 1942,
DECRETO:
UNICO. — Otorgar, como por el presente otorgo, a Acela
GACETA OFICIAL 9
Licia Barinas de Uribe, el exequátur de ley para que pueda ejercer en todo el territorio de la República la profesión de Farmacéutica, siempre que se ciña a las leyes y reglamentos de la materia.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintinueve días del mes de abril del año mil novecientos cuarenta y seis, años 103° de la Independencia, 83° de la Restauración y 16° de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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