Texto de la norma
Decreto Nº 3351 que otorga el exequátur de ley como Ingeniero Civil al señor Angel María Pichardo Ricardo.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana
NUMERO 3351.
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49 inciso 3º de la Constitución de la República;
VISTA la instancia que por conducto del Director General de Obras Públicas ha elevado al Poder Ejecutivo en fecha 5 de Febrero de 1946, el señor Angel María Pichardo Ricardo, por la cual solicita que se le conceda el exequátur para ejercer la profesión de Ingeniero Civil en todo el territorio de la República;
GACETA OFICIAL
VISTO el título de Ingeniero Civil expedido a su favor por la Universidad de Santo Domingo, el 28 de Octubre de 1945, con los demás documentos que acompañan la instancia;
VISTAS las Leyes Nos. 509 y 111, del 25 de Julio de 1941, y del 3 de Noviembre de 1942, respectivamente;
CONSIDERANDO: Que en el presente caso se han cumplido todas las formalidades y requisitos legales,
DECRETO:
UNICO. — Otorgar, como por el presente otorgo, al señor Angel María Pichardo Ricardo el exequátur de ley para que pueda ejercer la profesión de Ingeniero Civil en todo el territorio de la República, siempre que se ciña a las leyes y reglamentos de la materia.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los ocho días del mes de febrero del año mil novecientos cuarenta y seis; años 102° de la Independencia, 83° de la Restauración y 16° de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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