Texto de la norma
Decreto Nº 4165 que otorga al Dr. Francisco Manuel Pellerano Jimenez el exequátur de ley como Abogado.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana
NUMERO 4165.
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º de la Constitución de la República;
VISTA la instancia que por conducto del Procurador General de la República ha elevado al Poder Ejecutivo en fecha 5 de Febrero de 1947, el señor Francisco Manuel Pellerano Jiménez, en la cual solicita que se le conceda el exequátur para el ejercicio de la profesión de Abogado en todo el territorio de la República;
VISTA la constancia expedida por el Secretario General de la Universidad de Santo Domingo, de que el peticionario cumplió con todos los requisistos para la obtención del título de Doctor en Derecho;
VISTOS los demás documentos que acompañan la instancia;
VISTA la Ley Nº 111, del 3 de Noviembre de 1942,
DECRETO:
UNICO.— Otorgar, como por el presente otorgo, al señor
GACETA OFICIAL 9
Doctor Francisco Manuel Pellerano Jiménez, el exequátur de ley para que pueda ejercer en todo el territorio de la República la profesión de Abogado, siempre que se ciña a las leyes y reglamentos de la materia.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los nueve días del mes de febrero del año mil novecientos cuarenta y siete, años 103º de la Independencia, 84º de la Restauración y 17º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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