Decreto Nº 551 que concede incorporacion a la Asociacion Agropecuaria "San José
JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana
NUMERO 551
VISTA la Ley Nº 520 sobre Asociaciones que no tengan por objeto un beneficio pecuniario de fecha 26 de julio de 1920
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el articulo 55 de la Constitución de la Republica dicto el siguiente
DECRETO
Art 1 Se concede el beneficio de la incorporacion a la Asociación Agropecuaria San Jose con su domicilio en la ciudad de Moca Provincia Espaillat Republica Dominicana cuyos estatutos fueron aprobados en la Asamblea celebrada en fecha 2
GACETA OFICIAL
de agosto de 1970 Dicha incorporacion sera efectiva tan pronto como la indicada Asociación efectue el deposito y la publicación a que se refiere el articulo 4 de la citada Ley Nº 520
Art 2 — Lnviese a la Procuraduria General de la Republica para los fines correspondientes
DADO en Santo Domingo de Guzman Distrito Nacional Capital de la Republica Dominicana a los treintain dias del mes de diciembre de mil novecientos setenta años 127º de la Independencia y 108 de la Restauracion
JOAQUIN BALAGUER
Decreto N 552 que nombra al Ing Erwin V Rodriguez L Consul de la Republica en Mayaguez
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