Texto de la norma
Decreto Nº 5007, que concede naturalización dominicana a los Sres. Saba Matar y Wadía M. de Matar.
(G. O. Nº 9186, del 23 de Mayo de 1970)
MANUEL RAMON RUIZ TEJADA
Presidente de la Suprema Corte de Justicia
En Ejercicio del Poder Ejecutivo
NUMERO 5007
VISTA la instancia que por conducto de la Secretaría de Estado de Interior y Policía han elevado al Poder Ejecutivo los señores Saba Matar y Wadia Matar de Matar, de nacionalidad transjordana, respectivamente, mayores de edad, casados, comerciante el primero y de quehaceres domésticos la segunda, portadores de las Cédulas de Identificación Personal Nos. 108 y 8196, Series 26 y 12, domiciliados y residentes en [domicilio omitido];
VISTOS los documentos que acompañan dicha instancia;
VISTA la Ley Nº 1683, sobre naturalización, de fecha 16 de abril de 1948, y sus modificaciones;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Se concede la naturalización dominicana a los señores Saba Matar y Wadia Matar de Matar, de las generales arriba mencionadas.
Art. 2.—Los beneficiarios recibirán la carta de Naturalización de manos de la Gobernadora Civil de la Provincia de San Juan, previo juramento de fidelidad a la República Dominicana ante dicha funcionaria, de todo lo cual se redactará Acta que deberá publicarse en la Gaceta Oficial.
Art. 3.—Envíese a las Secretarías de Estado de Interior y Policía y de Relaciones Exteriores, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los cinco días del mes de mayo del año mil novecientos setenta, años 127º de la Independencia y 107º de la Restauración.
MANUEL RAMON RUIZ TEJADA
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