que declara vigente la politica de cielo ab e el periodo comprendido entre el 1º de diciembre del ano en 15 de enero de 1971 JOAQUIN BALAGUER Presidente de la Republica Dominicana
Decreto Nº 337 que declara vigente la politica de cielo ab e el periodo comprendido entre el 1º de diciembre del ano en 15 de enero de 1971
JOAQUIN BALAGUER Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO 337
CONSIDERANDO que es propicio el periodo e dades para que todos los dominicanos y extranjeros venir al pais a compartir la sana alegria de es cristiana y de unidad familiar disfruten de facili a permitan trasportarse sin dificultades de ninguna
GACETA OFICIAL 43
CONSIDERANDO que las lineas aereas que gozan de per os de trafico aereo para realizar viajes de pasajeros a nues aeropuertos internacionales no disponen en sus itinerarios gulares de cupo suficiente para dar servicio a todos cuantos n venir al territorio nacional y luego regresar a los luga e su residencia por falta de las necesarias frecuencias vuelo
ONSIDERANDO que asimismo otras compañias de na cion aerea no disfrutan de la autorizacion necesaria para ar vuelos comerciales de pasajeros desde y hacia nuestro
TA la Ley de Aeronautica Civil Nº 505 de fecha 10 de bre de 1969
n ejercicio de las atribuciones que me confiere el articulo a Constitucion de la Republica dicto el siguiente
DECRETO
1 —Se declara vigente la politica de cielo abierto el periodo comprendido entre el 1ro de diciembre del urso y el 15 de enero de 1971
2 —En consecuencia todas las empresas de transpor que disfruten de permisos de trafico aereo para operar os aeropuertos ya sea como punto de partida o de inal o de transito no estaran sujetas para el trans sajeros durante el señalado periodo a las limita frecuencias de vuelo que les han sido asignadas
3 —Asimismo todas las lineas aereas comerciales en con Certificado de Explotacion para servicios ae ares que deseen transportar pasajeros hacia la Re desde ella hacia otros paises podran hacerlo sin li es de frecuencias mientras tenga vigencia la politica erto
4 —Enviese a la Secretaria de Estado de Relaciones
44 GACETA OFICIAL
Exteriores a la Direccion General de Aeronautica Civil y Direccion Nacional de Turismo para los fines de lugar
DADO en Santo Domingo de Guzman Distrito Nacional Capital de la Republica Dominicana a los treinta dias del mes de octubre del mil novecientos setenta anos 127o de la Independencia y 108o de la Restauracion
JOAQUIN BALAGUER
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.
Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona