Texto de la norma
Dec. No. 385-09 que concede la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella en el grado de Oficial, a Sor María Marciano y en el grado de Caballero a varias instituciones ligadas al quehacer agropecuario nacional, con motivo del Día del Agricultor.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 385-09
CONSIDERANDO: Que en fecha 15 de mayo de cada año se celebra en el país el Día del Agricultor, fecha en la cual se reconoce y galardona a un grupo de productores,
agroempresarios y personalidades técnicas y académicas que inciden y se destacan en el quehacer agropecuario nacional.
CONSIDERANDO: Los grandes aportes hechos por Sor Maria Marciano a la agropecuaria de República Dominicana, principalmente en el Municipio de San Juan de la Maguana.
CONSIDERANDO: Los altos merecimientos de las asociaciones de productores agropecuarios que se detallan en el dispositivo del presente decreto.
VISTA: La Ley No. 1113, de fecha 26 de mayo del año 1936, que crea la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella.
OIDO: El parecer del Consejo de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente:
DECRETO
ARTÍCULO 1.-. Se concede la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella en el grado de Oficial, a Sor María Marciano.
ARTÍCULO 2.- Se concede la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella en el grado de Caballero, a las asociaciones de productores agropecuarios señaladas a continuación:
A) Cooperativa Los Arroceros (COOPEARROZ).
B) Asociación Dominicana de Productores y Exportadores de Vegetales Orientales (ADOEXVO).
C) Consejo Nacional de Parceleros de la Reforma Agraria.
D) Cooperativa Simona Esmeralda Félix Alcántara (COOPSEFA).
E) Cooperativa de Productores de Aguacate de Cambita.
F) Cluster de Mangos.
G) Asociación de Fabricantes de Conservas del Agro (AFCONAGRO).
H) Centro Agropecuario “Semilla de Vida”, del Municipio de Vallejuelo.
I) Federación de Ganaderos del Noroeste (FEDEGANO).
J) Asociación Dominicana de Productores de Banano (ADOBANANO).
K) Asociación de Ganaderos de Nisibón (AGANI).
L) Cluster de Agricultura Orgánica.
M) Asociación de Productores de Papas San José, Inc.
N) Asociación de Productores de Invernaderos de San José de Ocoa (APRIO).
O) Bloque de Asociaciones de Cacaocultores de la Región Central No.2, Inc.
ARTÍCULO 3.- Envíese a las Secretarías de Estado de Relaciones Exteriores y de Agricultura, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los catorce (14) días del mes de mayo de dos mil nueve (2009); años 166 de la Independencia y 146 de la Restauración.
LEONEL FERNÁNDEZ
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