Texto de la norma
Dec. No. 292-09 que concede naturalización dominicana ordinaria al señor Scott
Andrew Nichols, de nacionalidad norteamericana, y provisionahnente a varios
menores de edad.
LEONELFERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 292-09
VISTAS: Las Instancias Nos.3186, 3187, 3188, 3139, 3190, 3191, del 17 de marzo de
2009; 3040, 3041, 3936, 3937, 3938, 3939 Y 4180, del 2 y 8 de abril de 2009,
respectivamente, que por conducto de la Secretaría de Estado de Interior y Policía han
elevado al Poder Ejecutivo las personas cuyos nombres figuran en la parte dispositiva del
presente Decreto;
VISTA: La Ley No.1683, del 16 de abril del 1948, sobre Naturalización, y sus
modificaciones;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1. Se concede el beneficio de la naturalización dominicana ordinaria a:
1.
Señor Scott Andrew Nichols, de nacionalidad norteamericana
Artículo 2. Se concede el beneficio de la naturalización dominicana provisional, a los
menores que se indican a continuación:
2.
Santa Crismeris De León Rodríguez, de nacionalidad norteamericana
3.
Fabiola Marie Núñez Rivera, de nacionalidad norteamericana
4.
Nashla Alaya Peralta García, de nacionalidad norteamericana
5.
Daniel Anthony Luna Urgal, de nacionalidad norteamericana
6.
Jenis Milagros Arias García, de nacionalidad norteamericana
7.
Ashley Joyce Félix Romero, de nacionalidad norteamericana
8.
Yailin Stephanie Pérez Bautista, de nacionalidad norteamericana
9.
Juan Eliezer Maldonado Roque, de nacionalidad venezolana
10.
Isamil María Castro F ernández, de nacionalidad norteamericana
11.
Miguel Alejandro Castro Fernández, de nacionalidad norteamericana
12.
Lydia Estephania Pérez, de nacionalidad norteamericana
13.
Jennifer García Santana, de nacionalidad norteamericana
Artículo 3. Se modifica el numeral 6, del Artículo 1, del Decreto No.834 -08, del 12 de
diciembre del 2008, para que en lo adelante su nombre se lea de la siguiente manera: "Se
concede el beneficio de la naturalización dominicana ordinaria al señor Daniel Alejandro
Crespo Artunduaga, de nacionalidad boliviana".
Artículo 4. Los beneficiarios recibirán la carta de naturalización de manos del Secretario de
Estado de Interior y Policía, previo juramento de fidelidad a la República Dominicana, ante
dicho funcionario.
Artículo 5. Envíese a las Secretarías de Estado de Interior y Policía y de Relaciones
Exteriores, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los nueve (9) días del mes de abril del año dos mil nueve (2009), años 166
de la Independencia y 146 de la Restauración.
LEONELFERNÁNDEZ
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