que concede la incorporación al Club Deportivo Recreativo Estrellas Fronterizas de Puerto Libertador HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la Republica Dominicana
Decreto Nº 547 que concede la incorporación al Club Deportivo Recreativo Estrellas Fronterizas de Puerto Libertador
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO 547
VISTA la instancia que por conducto de la Procuraduria General de la Republica ha elevado al Poder Ejecutivo el señor Manuel Wispe en su calidad de Presidente del Club Deportivo Recreativo Estrellas Fronterizas de Puerto Libertador en solicitud de la incorporacion de dicha asociacion de conformidad con la ley de la materia
VISTOS los documentos que acompañan la instancia
VISTAS las disposiciones de la Ley Nº 520 del 26 de julio de 1920 sobre asociaciones que no tengan por objeto un beneficio pecuniario
CONSIDERANDO Que del estudio del expediente resulta que se han cumplido todas las condiciones y formalidades exigidas por la Ley para obtener la incorporacion
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49 inciso 3º de la Constitución de la Republica dicto el siguiente
DECRETO
Art 1 — Se concede el beneficio de la incorporación al
8 GACETA OFICIAL
"Club Deportivo Recreativo Estrellas Fronterizas asociación domiciliada en Puerto Libertador Republica Dominicana
Art 2 — La incorporacion sera efectiva tan pronto como el Club Deportivo Recreativo Estrellas Fronterizas de Puerto Libertador realice el deposito y la publicacion a que se refiere el articulo 4 de la Ley ya citada
DADO en Ciudad Trujillo Distrito de Santo Domingo Capital de la Republica Dominicana a los trece dias del mes de enero de mil novecientos cincuenta y cinco AÑO DEL BENEFACTOR DE LA PATRIA 111º de la Independencia 92º de la Restauracion y 25º de la Era de Trujillo
HECTOR B TRUJILLO MOLINA
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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona