miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 4811

que integra la Delegación de la República a la 43a. Reunión de la Organización Internacional del Trabajo que se celebrará en Ginebra, Suiza

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
16 may de 1959fecha
Comisión u organismotipo
G. O. 8366Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto N° 4811, que integra la Delegación de la República a la 43a. Reunión de la Organización Internacional del Trabajo que se celebrará en Ginebra, Suiza. HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO 4811. VISTO el artículo 3 de la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo; VISTAS las recomendaciones de la Confederación Patronal de la República Dominicana y la Confederación de Trabajadores Dominicanos; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 54 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.— La Delegación de la República a la 43ª Reunión que se celebrará en Ginebra, Suiza, a partir del 5 de junio próximo, estará integrada del siguiente modo: Dr. Salvador E. Paradas, Delegado Permanente de la República ante la Oficina Europea de la ONU y ante la OIT, quien la presidirá, y Dr. José Angel Saviñón, Diputado al Congreso Nacional, como Delegados del Gobierno Dominicano. Dr. José Rijo, Director General del Departamento de Trabajo, como Consejero Técnico de la Delegación. Señor Riccio M. Schiffino, como Delegado Patronal. Señor Washington Guereño Marle, Secretario de Organización de la Confederación de Trabajadores Dominicanos, como Delegado Obrero. 54 GACETA OFICIAL Art. 2.— Comuníquese a la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores, para los fines correspondientes. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciseis días del mes de mayo del mil novecientos cincuenta y nueve, años 116° de la Independencia, 96° de la Restauración y 30° de la Era de Trujillo, HECTOR B. TRUJILLO MOLINA. COMITE NACIONAL DE SALARIOS Res. N° 10/59. Tarifa de salario mínimo por hora, de carácter nacional, para la industria de fabricación de toda clase de calzado,, polainas y su compostura. EL COMITE NACIONAL DE SALARIOS Regularmente constituido en sesión plenaria ha dictado la siguiente tarifa: VISTOS los artículos 424, 425, 426 y 427 del Código de Trabajo; OIDOS en sesión regular celebrada por el Comité Nacional de Salarios en fecha 4 de marzo de 1959, a los representantes legales de patronos y trabajadores de la industria de fabricación de calzado, designados por la Confederación Patronal de la República Dominicana y la Confederación de Trabajadores Dominicanos. VISTAS las recomendaciones formuladas por el Asesor Técnico del Comité Nacional de Salarios; CONSIDERANDO, que es misión del Comité Nacional de Salarios fijar las tarifas de salarios mínimos en las relaciones de trabajo de las actividades económicas del país, mediante la ponderación de todos los factores y circunstancias que concurren en cada una de ellas, para que el salario cumpla además de su función de remunerar el trabajo realizado por el obrero, la de contribuir igualmente a asegurar y mejorar su nivel de vida; CONSIDERANDO, que el aumento en la productividad del trabajo es una condición esencial para asegurar y mejo-

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona