Texto de la norma
Dec. No. 283-09 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres.
LEONELFERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 283-09
CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente
Decreto habían sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar los procedimientos que
para el cambio de nombres establece la Ley No. 659, sobre Actos del Estado Civil, del 17
de julio del 1944, y sus modificaciones;
CONSIDERNADO: Que la Junta Central Electoral ha informado no haber recibido, dentro
del plazo legal, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido por los
interesados;
CONSIDERANDO: Que han sido cumplidas todas las formalidades requeridas por la ley;
VISTOS: Los Artículos 80, 81, 82 Y 83 de la Ley No. 659, sobre Actos del Estado Civil,
del 17 de julio del 1944;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1. La señora Matilde Melania Mota, queda autorizada a cambiar su nombre por el
de Sonia Mota.
Artículo 2. La señora Elisa Divadna
Comelia Ventura Dickson, queda autorizada a
cambiar su nombre por el de Elisa Divadna Ventura Dickson.
Artículo 3. La señora Telma Elvira Font Paulus, queda autorizada a cambiar su nombre por
el de Salma E1vira Font Pau1us.
Artículo 4. La señora Emeteria Lebrón Mejía, queda autorizada a cambiar su nombre por el
de Emeteria Erneteria Lebrón Mejía.
Artículo 5. La señora Fauda Altagracia Sarante, queda autorizada a cambiar su nombre por
el de Erika Altagracia Garante.
Artículo 6. El señor Migdonio Ramos, queda autorizado a cambiar su nombre por el de
Mígdomio Ramos.
Artículo 7. Los señores Johnny Paulino Peña y Teresa De Jesús García, padres del menor
Johnny Miguel Paulino García, quedan autorizados a cambiar el nombre de su hijo por el de
Johnny Israel Paulíno GarCÍa.
Artículo 8. La señora Nansi López Rojas, queda autorizada a cambiar su nombre por el de
Nancy López Rojas.
Artículo 9. La señora Elida Paulino Paulino, queda autorizada a cambiar su nombre por el
de Elia Paulino Paulino.
Artículo 10. La señora Liboria De Jesús Correa, queda autorizada a cambiar su nombre por
el de Oliva De Jesús Correa.
Artículo 11. La señora Martina Altagracia Polanco Salas, queda autorizada a cambiar su
nombre por el de Altagracia Polanco Salas.
Artículo 12. La señora Maiselina Hernández Concepción, queda autorizada a cambiar su
nombre por el de Marcelína Hernández Concepción.
Artículo 13. El señor Octaviano Simón Báez Pérez, queda autorizado a cambiar su nombre
por el de Octavío Símón Báez Pérez.
Artículo 14. El señor José Bruno Rosario, queda autorizado a cambiar su nombre por el de
Joselito Bruno Rosario.
Artículo 15. La señora Francisca Calcaño Payano, queda autorizada a cambiar su nombre
por el de Consuelo Calcaño Payano.
Artículo 16. La señora Jeydi Dinorah Rodríguez Frías, queda autorizada a cambiar su
nombre por el de Heydi Dínorah Rodriguez Frias.
Artículo 17. Envíese a las Junta Central Electoral, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los tres (3) días del mes de abril del año dos mil nueve (2009), años 166 de
la Independencia y 146 de la Restauración.
LEONELFERNÁNDEZ
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