Texto de la norma
Dec. No. 256-09 que acoge la proc1amacion de la Organizacion de las Naciones Unidas,
aprobada por su Resolucion de fecha 19 de diciembre de 2007, que dec1ara el afto
2009, como Aiio Internacional de la Astronomia.
LEONELFERNANDEZ
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 256-09
CONSIDERANDO: Que a la Republica Dominicana Ie corresponde apoyar las
disposiciones de los organismos internacionales, de los que forma parte, orientadas a
promover, en beneficio de los paises miembros, los valores culturales, cientificos y
tecnol6gicos.
CONSIDERANDO: Que reconociendo la contribuci6n de la Astronomia al desarrollo de
la ciencia, la filosofia, la cultura y la concepci6n general del universo, la Asamblea General
de la Organizaci6n de las Naciones Unidas (ONU), en su Resoluci6n del 19 de diciembre
de 2007, aprob6 declarar al ano 2009, como Ano Internacional de la Astronomia.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constituci6n de la
Republica, dicto el siguiente
DECRETO
ARTicULO 1. Se acoge la proclamaci6n, por la Organizaci6n de las Naciones Unidas
(ONU), del ano 2009, como Ano Internacional de la Astronomia.
ARTicULO 2. Se crea el Comite Nacional de Astronomia de la Republica Dominicana
para las celebraciones y las actividades del 2009, Ano Internacional de la Astronomia,
integrado por los titulares de las siguientes instituciones: Consultoria de Cooperaci6n,
Educaci6n, Ciencia y Tecnologia (COCECYT); Academia de Ciencias de la Republica
Dominicana; Museo Nacional de Historia Natural y Sociedad Astron6mica Dominicana,
quienes reglamentanin sus actividades, los cuales podnin incluir otros miembros.
ARTicULO 3. EI Comite debeni coordinar los esfuerzos con los organismos e
instituciones de los sectores publico y privado para aumentar la conciencia en el pais sobre
la importancia de la astronomia y las ciencias puras en el desarrollo sostenible,
promoviendo la realizaci6n de cursos, conferencias, paneles, exhibiciones y diferentes
actividades, donde se destaquen los progresos y beneficios de la astronomia.
ARTicULO 4. Se solicita a las oficinas y dependencias de la Administraci6n Publica su
colaboraci6n para el desarrollo de los fines expresados.
ARTicULO 5. Es competencia del Comite mantener la informaci6n referente a las
actividades promovidas por el presente Decreto, a traves de una pagina de Internet.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, capital de la
Republica Dominicana, a los veintitres (23) dias del mes de marzo del ano dos mil nueve
(2009), anos 166 de la Independencia y 146 de la Restauraci6n.
LEONELFERNANDEZ
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