Texto de la norma
Dec. No. 123-09 que designa a los Magistrados Procuradores Generales Adjuntos de la
Procuraduría General de la República, Rodolfo Alberto Espiñeira Ceballos y Víctor
Robustiano Peña, como miembros de la Carrera del Ministerio Público.
LEONELFERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 123-09
CONSIDERANDO: Que el Artículo 1, de la Ley No.78-03, del 15 de abril de 2003, sobre
el Estatuto del Ministerio Público, establece que se debe garantizar la estabilidad e
independencia de sus miembros, en el ejercicio de sus respectivas funciones.
CONSIDERANDO: Que la Carrera Especial del Ministerio Público es una de las
herramientas fundamentales establecidas en la Ley No. 78-03, del 15 de abril de 2003, para
garantizar el fortalecimiento institucional de este importante actor del sistema de justicia.
CONSIDERANDO: Que el 8 de diciembre de 2005, mediante Resolución No.006-05,
emitida por el Consejo Directivo de la Escuela Nacional del Ministerio Público, se aprobó
el Reglamento de la Carrera del Ministerio Público.
CONSIDERANDO: Que el 5 de enero de 2006, la Resolución No.006-05, del Consejo
Directivo de la Escuela Nacional del Ministerio Público, fue sancionado mediante el
Reglamento de la Carrera del Ministerio Público, aprobado mediante Decreto No.4-6, deiS
de enero de 2006, con lo cual se consolida el marco jurídico de regulación de la misma.
CONSIDERANDO: Que dicho Reglamento de Carrera del Ministerio Público sujeta a la
permanencia en la institución de los miembros del Ministerio Público en funciones,
aspirantes a la Carrera, a la aprobación de las evaluaciones de formación aplicadas por la
Escuela Nacional del Ministerio Público, así como de las evaluaciones de antecedentes y de
desempeño aplicadas por la Dirección Nacional del Ministerio Público.
VISTA: El Acta del Consejo Directivo de la Escuela Nacional del Ministerio Público, del 2
de octubre de 2008, que contiene la recomendación al Procurador General de la República
para la designación de
los magistrados
RODOLFO ALBERTO ESPIÑEIRA
CEBALLOS y VÍCTOR ROBUSTIANO PEÑA, como miembros de la Carrera del
Ministerio Público.
VISTOS: Los resultados y las calificaciones finales obtenidos en las evaluaciones
aplicadas por la Escuela Nacional del Ministerio Público, respecto al Programa
Extraordinario de Formación y el Segundo Programa Extraordinario de Formación, de
carácter completivo, así como la evaluación de antecedentes.
VISTOS: Los resultados de la evaluación de desempeño llevada a cabo de manera conjunta
por la Escuela Nacional del Ministerio Público y la Dirección Nacional del Ministerio
Público.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Quedan designados como miembros de la Carrera del Ministerio Público,
en el mismo nivel jerárquico que actualmente ostentan, los magistrados RODOLFO
ALBERTO
ESPIÑEIRA
CEBALLOS
y
VÍCTOR
ROBUSTIANO
PEÑA,
Procuradores Generales Adjuntos del Procurador General de la República, sujetos a las
disposiciones generales sobre la Carrera, contenidas en la Ley No.78-03, sobre el Estatuto
del Ministerio Público, y al régimen de ingreso, permanencia, ascenso y salida de los
integrantes de la Carrera del Ministerio Público, contenidas en el Reglamento No.4-06.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los catorce (14) días del mes de febrero del año dos mil nueve (2009); años
165 de la Independencia y 146 de la Restauración.
LEONELFERNÁNDEZ
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