Texto de la norma
Dec. No. 86-09 que autoriza a varias compañías extranjeras a fijar domicilio en la
República Domínicana.
LEONELFERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 86-09
VISTAS: Las instancias que por vía de la Secretaría de Estado de Interior y Policía han
elevado al Poder Ejecutivo las sociedades comerciales que aparecen en la parte dispositiva
del presente Decreto;
VISTO: El Artículo 13 del Código Civil de la República Dominicana;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artícnlo 1.- Se autoriza a la compañía Boone G10be Ventures, LTD, sociedad comercial,
organizada de conformidad con las leyes de Las Islas Vírgenes Británicas, con su domicilio
principal en Sucre & Arias & Reyes, Chera Chambers, Road Town, TortoJa, Islas Vírgenes
Británicas, a fijar domicilio en la República Dominicana.
Artícnlo 2.- Se autoriza a la compañía Rockenbaugh Limited, sociedad comercial,
organizada de conformidad con las leyes de Nevis, con su domicilio principal en Springates
East Government Road, Charlestown, Nevis, a fijar domicilio en la República Dominicana.
Artícnlo 3.- Se autoriza a la compañía AES Domínicana Transportadora de Gas, LTD,
sociedad comercial, organizada de conformidad con las leyes de las Islas Caimán, con su
domicilio principal en las oficinas de Cito Trastes (Caimanes), Limited, ubicadas en
Windward One Building, Regatta Oflice, Park, West Bay Road, P.O. Box 31106, Grand
Caymán, Caymán Islands KYI-1205, a fijar domicilio en la República Dominicana.
Artículo 4.- Se autoriza a la compama Alcoholes Finos Dominicanos S.A. (AFD),
sociedad comercial, organizada de conformidad con las leyes de N evis, con su domicilio
principal en Main Street, Charlestown, Nevis, P.O. Box 556, a fijar domicilio en la
República Dominicana.
Artículo 5.- Se autoriza a la compañía European Support Limited, sociedad comercial,
organizada de conformidad con las leyes del Reino Unido, Inglaterra, con su domicilio
principal en Séptimo piso, 90 High Holborn, Londres, WC 1 V 6XX, Reino Unido, a fijar
domicilio en la República Dominicana.
Artículo 6.- Se autoriza a la compañía BCC Internacional, INC., sociedad comercial,
organizada de conformidad con las leyes del Estado de Delaware, Estados Unidos de
Norteamérica, con su domicilio principal en 2711 Centerville Road, suite 400,
Wilmington, Delaware 19808, en el Condado de New Castle, Estados Unidos de
Norteamérica, a fijar domicilio en la República Dominicana.
Artículo 7.- Se autoriza a la compañía Sun Excursions INC., sociedad comercial,
organizada de conformidad con las leyes de la Isla de Barbados, con su domicilio principal
en Barbados, a fijar domicilio en la República Dominicana.
Artículo 8.- Se autoriza el cambio de nombre a la compañía Schenker, BTL, S.A.,
sociedad comercial, organizada de conformidad con las leyes de España, y debidamente
domiciliada en [domicilio omitido].
Artículo 9.- Envíese a la Secretaría de Estado de Interior y Policía, para los fines
correspondientes.
Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los cuatro (4) días del mes febrero del año dos mil nueve (2009), años 165
de la Independencia y 146 de la Restauración.
LEONELFERNANDEZ
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