que modifica los Artículos 22 y 28 del Decreto No. 8-09, y designa funcionarios en las Embajadas de la República Dominicana en Costa Rica y Trinidad y Tobago
Dec. No. 81-09 que modifica los Artículos 22 y 28 del Decreto No. 8-09, y designa funcionarios en las Embajadas de la República Dominicana en Costa Rica y Trinidad y Tobago.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 81-09
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO
ARTICULO 1.- Se modifica el Artículo 22 del Decreto 8-09, del 7 de enero del 2009, para que en lo adelante rece de la siguiente forma.
"ARTICULO 22.- El Ing. Miguel Antonio Suriel, queda designado Segundo Secretario de la Embajada de la República Dominicana en Costa Rica".
ARTICULO 2.- Se modifica el Artículo 28 del Decreto 8-09, del 7 de enero del 2009, para que en lo adelante rece de la siguiente forma.
"ARTICULO 28.- El señor Luis Cruz, queda designado Segundo Secretario de la Embajada de la República Dominicana en Trinidad y Tobago".
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los cuatro (4) días del mes de febrero del año dos mil nueve (2009); años 165 de la Independencia y 146 de la Restauración.
LEONEL FERNÁNDEZ
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona