Texto de la norma
Dec. No. 2609, que aprueba varias Resoluciones del Directorio de Desarrollo Industrial.
G. O. No. 9559, del 31 de julio de 1981
ANTONIO GUZMAN
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 2609
CONSIDERANDO que las empresas JUAN BOJOS, C. POR A', CUADERNOS NACIONALES, C. POR A.; EMPRESAS
ACUARIO, S. A. y CALZADOS BIENCHI, C. POR A.; han
formulado al Departamento Tecnico Industrial de la Secretaria
de Estado de Industria y Comercio, diversas solicitudes, acogien-
dose a las disposiciones de la Ley No. 299, de Incentivo y Pro-
tecci6n Industrial del 23 de abril de 1968;
CONSIDERANDO que luego de realizarse los estudios perti-
nentes de cada una de dichas solicitudes, e1 Directorio de Desa-
rrollo Industrial dicto las correspondientes resoluciones;
VISTA la Ley No. 299, de Incentivo y Proteccion Indust'ial
de fecha 23 de abril de 1968;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el articulo 55
de la Constitucion de la Republica, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO PRIMERO: Se aprueban las resoluciones del Di-
rectorio de Desarrollo Industrial que se consignan a continua-
cion:
l.- Res. No. 185-81-RC, de fecha 16 de junio de 1981, me-
diante la cual se reclasifi~a a la empresa JUAN BOJOS, C. POR
A., p~r un periodo de 8 alios, en la Categoria "c" y se Ie con-
cede exoneracion de todos los derechos e impuest03 de imp or-
taci6n y demas gravamenes conexos, incluyendo el a·ancel,
los impuestos unificados y los de consumo interno en las propor-
ciones que se indican sobre las materias primas que se consignan
en el ordinal segundo de la expresada Resoluci6n No. 185-81-RC.
La mencionada empresa habia sido clasificada por el termino de
12 alios, en la Categoria "c" por la Resoluci6n No. 55-69, de·
fecha 23 de mayo de 1969, para dedicarse a la fabricaci· 'n de pie-
les (oscarias, charoles y otras variedades) suelas, splits) correas,
que destina al mercado interno.
2.- Res. No. 178-81-MC, de fecha 2 de junio de 1981, que
modifica la Resoluci6n No. 142-81-RC, del 5 de abril de 1981,
para que la exoneraci6n otorgada en virtud de la misma a la em-
presa CUADERNOS NACIONALES, C. POR A., rija en la forma
que se consigna en el ordinal Unico de la aludida Resolución No. 178-81-MC. La mencionada empresa fue reclasificada por el término de 8 años, y se dedica a la producción de cajas de cartón, cuadernos, libretas, clips; folders; ganchos para folders, y cuadernillos, que destina al mercado interno. Se modifica, en consecuencia, en cuanto sea necesario, el Decreto No. 2250, del 3 de julio de 1981.
3.- Res. No. 172-81-C, de fecha 2 de junio de 1981, mediante la cual se clasifica a la EMPRESA ACUARIO, S. A., por el término de 8 años, en la Categoría "C", y se le concede exoneración de todos los derechos e impuestos de importación y demás gravámenes conexos, incluyendo el arancel, los impuestos unificados y los de consumo interno, sobre los artículos que se consignan y en los porcentajes que se indican en el ordinal Segundo de la aludida Resolución No. 172-81-C. La mencionada empresa se dedicará a la fabricación de muebles en general, mochilas escolares, loncheras y lámparas que destinará al mercado interno.
4.- Res. No. 173-81-C, de fecha 2 de junio de 1981, mediante la cual se clasifica a la empresa CALZADOS BIENCHI, C. POR A., en la Categoría "C", por el término de 12 años, y se le concede exoneración en proporción de un 60o/o de todos los derechos e impuestos de importación y demás gravámenes conexos, incluyendo el arancel, los impuestos unificados y los de consumo interno, que incidan sobre las materias primas consignadas en el ordinal Segundo de la aludida Resolución No. 173-81-C. La mencionada empresa se dedicará a la fabricación de calzados de piel natural y sintética, que destinará al mercado interno.
ARTICULO SEGUNDO: Envíese a las Secretarías de Estado de Finanzas y de Industria y Comercio, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticuatro días del mes de julio del año mil novecientos ochenta y uno; años 138o. de la Independencia y 118o. de la Restauración.
ANTONIO GUZMAN
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