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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 107-09

que deja sin efecto el Programa Nacional de Apoyo a la Eliminación del Fraude Eléctrico (PAEF) y transfiere sus funciones a la Procuraduría General Adjunta para el Sistema Eléctrico (PGASE), y deroga el Decreto No. 748-02

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
9 feb de 2009fecha
Modifica o deroga normastipo
G. O. 10512Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 107-09 que deja sin efecto el Programa Nacional de Apoyo a la Eliminación del Fraude Eléctrico (PAEF) y transfiere sus funciones a la Procuraduría General Adjunta para el Sistema Eléctrico (PGASE), y deroga el Decreto No. 748-02. LEONELFERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 107-09 CONSIDERANDO: Que el Estado dominicano reconoce que el sector eléctrico es fundamental para fomentar el desarrollo económico y social de la nación dominicana. CONSIDERANDO: Que como parte de las medidas complementarias a la Ley General de Electricidad No.125-01, del 27 de julio de 2001, fue emitido el Decreto No.748-02, del 19 de septiembre de 2002, que crea el Programa Nacional de Apoyo a la Eliminación de Fraude Eléctrico (P AEF). CONSIDERANDO: Que como los procesos de refonna son cambiantes, respondiendo al proyecto de nación, el Estado al cumplir con esta responsabilidad debe hacerlo dentro de un orden social, procurando el bienestar general, el cual debe ser siempre compatible con el orden público, para lograr el fortalecimiento del estado de derecho. CONSIDERANDO: Que en cumplimiento a las disposiciones contenidas en la Ley No.186-07, del 6 de agosto de 2007, que modificó la Ley General de Electricidad NO.125- O 1, ha sido designado un Procurador General Adjunto para el Sistema Eléctrico, como responsable de dirigir y supervisar la política de persecución de los hechos punibles previstos en la referida Ley General de Electricidad y coordinar las acciones que correspondan, sin perjuicio de otra infracción que en esta materia le asignen otras leyes, todo de confonnidad con las disposiciones de la Ley No.78-03, del 17 de abril de 2003, sobre el Estatuto del Ministerio Público. CONSIDERANDO: Que los objetivos y funciones atribuidas al Programa Nacional de Apoyo a la Eliminación de Fraude Eléctrico (PAEF), creado mediante el Decreto NO.748- 02, del 19 de septiembre de 2002, serán en lo sucesivo asumidos por el Procurador Adjunto para el Sector Eléctrico, por el espíritu de lo dispuesto en la referida Ley No.186-07, haciendo innecesaria la pennanencia jurídica de la figura del Programa Nacional de Apoyo a la Eliminación del Fraude Eléctrico (P AEF). VISTA: La Constitución de la República Dominicana. VISTA: La Ley No.78-03, del 15 de abril de 2003, que instituye el Estatuto del Ministerio Público. VISTA: La Ley 76-02, del 19 de julio de 2002, que establece el Código Procesal Penal de la República Dominicana. VISTA: La Ley General de Electricidad No.125-01, del 26 de julio de 2001, modificada por la Ley 186-07, del 6 de agosto de 2007. VISTO: El Decreto No.748-02 del 19 de septiembre de 2002, que crea el Programa Nacional de Apoyo a la Eliminación del Fraude Eléctrico (PAEF). En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1. Queda derogado el denominado Programa Nacional de Apoyo a la Eliminación del Fraude Eléctrico (PAEF), creado mediante Decreto No.748-02, del 19 de septiembre de 2002, quedando sus competencias asumidas en lo sucesivo por la Procuraduría General Adjunta para el Sistema Eléctrico (PGASE). Artículo 2. Las funciones y objetivos para los cuales fue creado el Programa Nacional de Apoyo a la Eliminación de Fraude Eléctrico (P AEF), pasan al Procurador General Adjunto para el Sistema Eléctrico como órgano de la Procuraduría General de la República, en virtud de las disposiciones del Artículo 4 de la Ley General de Electricidad No.125-01, del 26 de julio de 2001, modificada por la Ley No.186-07, del 6 de agosto de 2007. Artículo 3. Quedan transferidos a la Oficina del Procurador General Adjunto para el Sistema Eléctrico, a partir de la fecha y previo inventario, todos los bienes muebles e inmuebles, activos, pasivos, presupuesto, proyectos y programas en ejecución, que pertenecían al Programa Nacional de Apoyo a la Eliminación de Fraude Eléctrico (PAEF), los cuales ingresarán al patrimonio de la Procuraduría General de la República. Artículo 4. Se instruye a la Oficina del Procurador General Adjunto para el Sistema Eléctrico, coordinar con las respectivas instituciones militares y la Policía Nacional las necesidades de personal militar y policial como apoyo a las acciones de supervisión y persecución del fraude eléctrico. Artículo 5. Queda derogado el Decreto No.748-02 del 19 de septiembre de 2002, y cualquier otra disposición normativa de igualo inferior jerarquía en aquellas partes en que sea contraria al presente decreto. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los nueve (9) días del mes de febrero del año dos mil nueve (2009); años 165 de la Independencia y 146 de la Restauración. LEONELFERNÁNDEZ

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona