Texto de la norma
Dec. No. 2443, que deroga el Decreto No. 498, del 15 de enero de 1975.
G. O. No. 9554, del 15 de mayo de 1981
ANTONIO GUZMAN
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 2443
VISTA la Ley No. 344, de fecha 29 de julio de 1943 y sus modificaciones, sobre Procedimiento de Expropiación;
VISTAS las opiniones del Administrador General de Bienes Nacionales y de la Directora General del Instituto Nacional de la Vivienda;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Queda derogado el Decreto No. 498, de fecha 15 de enero de 1975, que declaró de utilidad pública e interés social, para ser destinados a la construcción de edificios públicos, la adquisición por el Estado Dominicano de los inmuebles detallados a continuación, propiedad del señor Natalio Yeara:
a) Una porción de terreno con área de 2,263.00 metros cuadrados, dentro del Solar No. 1-Prov.-C-1, Porción "D", del Distrito Catastral No. 1 del Distrito Nacional, ubicado en la Avenida 27 de Febrero a esquina Máximo Gómez; y
b) Una porción de terreno con área de 2,088.62 metros cuadrados, dentro de la misma Parcela.
Art. 2.- Envíese al Administrador General de Bienes Nacionales y al Abogado del Estado, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciocho (18) días del mes de mayo del año mil novecientos ochenta y uno; años 138o. de la Independencia y 118o. de la Restauración.
ANTONIO GUZMAN
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