Texto de la norma
Dec. No. 324-09 que deja sin efecto el numeral 2 del Poder Especial No. 474-04 y el
numeral 48 del Poder Especial No. 459-03, ambos otorgados al Director Ejecutivo del
Consejo Estatal del Azúcar para vender terrenos de su propiedad.
LEONELFERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 324-09
CONSIDERANDO: Que el Presidente del Senado de la República, mediante su
comunicación No. 371, de fecha 2 de abril de 2009, dirigida al Señor Presidente de la
República, le participa que ese Honorable Senado rechazó el contrato suscrito entre el
Ingenio Río Haina y la compañía Barceló Agroforestal, C. por A., relativo a la venta, por
parte del primero, de dos porciones de terrenos ubicadas en la Sección Los Lanos, Payabo,
Provincia Monte Plata, valoradas en la suma de RD$16,526,076.00.
VISTA: La comunicación No. 344, de fecha 31 de marzo de 2009, suscrita por el Director
Ejecutivo del Consejo Estatal del Azúcar, dirigida al Señor Presidente de la República, en
virtud de la cual solicita dejar sin efecto el numeral 48 del Poder Especial No. 459-03, de
fecha 12 de agosto de 2003, mediante el cual el CEA vende al señor Félix Polanco
González, una porción de terreno de 4,753.98 tareas nacionales, en la Sección Guerra,
lugar Hato de Palma, a razón de RD$4,000.00 por tarea.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO
ARTICULO 1.- Se deja sin efecto el Numeral 2 del Poder Especial 474-04, de fecha 22 de
julio del 2004, mediante el cual el Ingenio Río Haina vende, cede y transfiere a la compañía
Barceló Agroforestal C. por A., una porción de 5,396.06 tareas nacionales, ubicada dentro
del ámbito de la Parcela NO.l parte del D.C. No. 5, porciones Nos. 2, 3, 4, 5, 6, Y una
porción de 506.ll tareas nacionales ubicada en la parcela No. 1 A del
D.C. No. 6,
porciones Nos. 1 y 2, en la Sección, Los Lanos, Payabo, Provincia Monte Plata.
ARTICULO 2.- Se deja sin efecto el Numeral 48 del Poder Especial No. 459-03, de fecha
12 de agosto del 2003, mediante el cual el Consejo Estatal del Azúcar autoriza la venta de
una porción de 4,753.98 tareas nacionales, ubicada en la Sección, lugar Hato de Palma,
Municipio de Guerra, a favor del Sr. Félix Polanco González.
ARTICULO 3.- Envíese al Consejo Estatal del Azúcar (CEA) y al Senado de la República,
para su conocimiento.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los veintidós (22) días del mes de abril del año dos mil nueve (2009); años
166 de la Independencia y 146 de la Restauración.
LEONELFERNÁNDEZ
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