Texto de la norma
Dec. No. 2601, que autoriza a los Aytos. de los Municipios de Dajab6n y Castillo, a
vender solares de su propiedad.
G. O. rlo. 9559, del31 de julio de 1981
ANTONIO GUZMAN
Presidente de la Republica Dominicana
NUIv!ERO:260 1
VIST A la Ley No. 4381, de fecha. lade febrero de 1956, y la
Ley No. 5577, de fecha 14 de julio de 1961;
En ejercicio de la.s atribuciones que me confiere el articulo 55
de la Constitucicn de 1a P.eptlblica, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO UNICO: Se autoriza a los Ayuntamientos de los
Municipios de Dajab6n y Castillo, respectivamente, a vender 101:
solares de su propiedad que se describen a continuaci6n:
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AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE DAJABON:
a) A la senora Jacinta Maria Cruz Rodriguez, el solar No. 10
de la Manzana No. 46 del Distrito Catastral No.1 de dicho Muni-
cipio, con area de 481.02 metros cuadrados, por el precio de
RD$l ,638.57;
b) AI senor Fabio Torres Socias, el solar No. 10 de la Man-
zana No. 14 del Distrito Catastral No.1 de dicho Municipio, con
area de 217.00 metros cuadrados, por el precio de RD$868.00.
AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE CASTILLO:
c) AI senor Juan Jos~ Nolasco Rosa, una porci6n de terreno
ubicada en la calle Mella, dentro de la porci6n D, del Distrito
Catastral No. 1 de dicho Municipio con area de 154.00 metros
cuadrados por el precio de RD$924.00.
DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional,
Capital de la Republica Dominicana, a los veintiun (21) Mas del
mes de julio del mo mil novecientos ochenta y uno; anos 1380.
de la Independencia y 1180. de la Restauraci6n.
ANTONIO GUZMAN
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