Texto de la norma
Dec. No. 2598, que modifiCi el art(culo 1ro. del Decreto No 3214 del 30 d d·'
bre de 1917.
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G. O. No. 9559, del 31 de julio de 1981
ANTONIO GUZMAN
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 2598
VISTO el Decreto No. 3214, de fecha 30 de diciembre de
1977, que integra la Comisi6n Nacional de GATT, encargada de
estudiar todos los asuntos de 1a Republica Dominicana relacio-
nados con el acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Co-
mercio (GATT), y las negociaciones comerciales multilaterales
respecto del citado Acuerdo;
CONSIDERANDO que la Secretaria de t:stado de Finanzas
es el organismo oficial mediante el cual el Gobierno diseiia y
aplica toda politica tributaria nacional, y en particular :a poli-
tica tributaria aduanera, p~r 10 cua! se justifica la reincorpora-
ci6n de dicha Secretaria de Estado a la Comisi6n Nacional del
GATT;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el articulo 55
de la Constituci6n de 1a Republica, dicto el siguiente
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DECRETa:
ARTICULO UNICO: Se modifica el articulo lro. del Decre-
to No. 3214, de fecha 30 de diciembre de 1977, para que rija del
siguiente modo:
"ARTICULO PRIMERO: La Comisi6n del GATT se denomi-
nara en 10 adelante, "Comisi6n Nacional del GATT", y queda
integrada de la siguiente manera:
El Secretario de Estado de Relaciones Exteriores, quien la pre-
sidira, el Gobernador del Banco Central, l\1iembroi el Secretario
de Estado de Finanzas, Miembro; el Director Ejecutivo del Cen-
tro Dominicano de Promoci6n de Exportaciones (CEDOPEX),
!\1iembro; el Director Ejecutivo del Instituto Nacional del Azu-
car (INAZUCAR), ~lIiembro, y el Director General de Aduanas,
Miembro".
DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional,
Capital de Ia Republica Dominicana, a los veintiun (21) dlas del
mes de julio del ano mil novecientos ochenta y unoi anas 1380.
de la Independencia y 1180. de la Restauraci6n.
ANTONIO GUZMAN
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