Dec. No. 2570, que declara el día 18 de julio de cada año como "Día del Economista"
G. O. No. 9558, del 15 de julio de 1981
ANTONIO GUZMAN
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 2570
CONSIDERANDO el aporte que en la vida institucional de nuestro país han realizado los profesionales de la Economía, quienes tienen entre sus objetivos básicos la búsqueda de soluciones técnicas a los problemas económicos de la Nación;
CONSIDERANDO que es de justicia consagrar un día del año para celebrar el "Día del Economista";
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Se declara el día 18 de julio de cada año, "Día del Economista".
Art. 2.- Envíese a la Secretaría de Estado de Interior y Policía, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los catorce (14) días del mes de julio del año mil novecientos ochenta y uno; años 138o. de la Independencia y 118o. de la Restauración.
ANTONIO GUZMAN
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.
Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona