Texto de la norma
Dec. No. 2551, que autoriza al Dr. Horacio Vicioso Soto, a aceptar y usar una condecoración extranjera.
G. O. No. 9558, del 15 de julio de 1981
ANTONIO GUZMAN
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 2551
VISTA la instancia elevada al Poder Ejecutivo por el Dr. Horacio Vicioso Soto, Embajador, Encargado de la División de Asuntos Americanos de la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores, por medio del cual solicita autorización para poder aceptar y usar la condecoración de la Orden de Boyacá, en el grado de Gran Cruz, que le ha sido concedida por el Gobierno de la República de Colombia;
VISTAS las disposiciones de la Ley No. 1325, de fecha 13 de enero de 1947 y del Reglamento No. 4157, del 4 de febrero de 1947;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- El Dr. Horacio Vicioso Soto, Embajador, Encargado de la División de Asuntos Americanos de la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores, queda autorizado para aceptar y usar la condecoración de la Orden de Boyacá, en el grado de Gran Cruz, que le ha sido concedida por el Gobierno de la República de Colombia.
Art. 2.- Envíese a la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los tres (3) días del mes de julio del año mil novecientos ochenta y uno; años 138o. de la Independencia y 118o. de la Restauración.
ANTONIO GUZMAN
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