ANTONIO GUZMAN
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 2532
VISTA la Ley sobre Especies Timbradas No. 2461, del 18 de
julio de 1950;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el articulo 55
de la Constituci6n de la Republica, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO UNICO.- Se autoriza la siguiente impresi6n de
estampillas para f6sforos:
160,000,000 (CIENTO SESENTA MILLONES) de estampillas
para f6sforos del tipo de RDSO.OI, color azul.
Estas estampillas serán impresas en tamaño de dos y medio centímetros de ancho por cuatro centímetros de largo y con el siguiente diseño: En el centro y dentro de una figura rectangular el número (1); encima de este número la palabra "CENTAVO", y debajo la palabra "Fósforos"; en la parte superior se leerá "República Dominicana - Rentas Internas"
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de junio del año mil novecientos ochenta y uno; años 1380. de la Independencia y 1180. de la Restauración.
ANTONIO GUZMAN
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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona