Dec. No. 2482, que deroga las disposiciones de los Artículos 2 de los Decretos Nos. 2845 y 3327 de fecha 5 de mayo de 1977, y 24 de febrero de 1978, respectivamente.
G. O. No. 9555, del 31 de mayo de 1981
ANTONIO GUZMAN
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 2482
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Quedan derogadas las disposiciones del Artículo 2 del Decreto No. 2845, de fecha 5 de mayo de 1977, que concede una pensión del Estado a la señora Juana Evangelista Cabrera.
Art. 2.- Quedan derogadas las disposiciones del Artículo 2 del Decreto No. 3327, de fecha 24 de febrero de 1978, que concede una pensión del Estado al Señor Manuel de Jesús Echavarría.
Art. 3.- Envíese a la Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia Social, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dos (2) días del mes de junio del año mil novecientos ochenta y uno; años 138o. de la Independencia y 118o. de la Restauración.
ANTONIO GUZMAN
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona