miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 2475

que declara de utilidad pública e interés social, la adquisición por el Estado Dominicano de una parcela en el Municipio de San Juan de la Maguana

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
1 jun de 1981fecha
Utilidad pública o expropiacióntipo
G. O. 9555Gaceta Oficial del 31 may de 1981
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 2475, que declara de utilidad pública e interés social, la adquisición por el Estado Dominicano de una parcela en el Municipio de San Juan de la Maguana. G. O. No. 9555, del 31 de mayo de 1981 ANTONIO GUZMAN Presidente de la República Dominicana NUMERO: 2475 CONSIDERANDO que para la continuación de los programas de Reforma Agraria que ejecuta el Gobierno Nacional, es de vital importancia la adquisición por el Estado Dominicano de una porción de terreno ubicada en el Municipio de San Juan de la Maguana; VISTA la Ley No. 344, de fecha 29 de julio de 1943 y sus modificaciones, sobre Procedimiento de Expropiación; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.- Se declara de utilidad publica e interes social, para ser traspasada al Instituto Agrario Dominicano y destinada a los programas de Reforma Agraria que ejecuta el Gobiemo Nacio- nal, la adquisici6n por el Estado Dominicano, de la Parcela No. 18 (Parte), del Distiito Catastral No. 3 del Municipio de San Juan de la Maguana, Provincia de San Juan, con area de 358 has., 68 As., 61 Cas., am parada por el Certificado de Titulo No. 3452, del 3 de febrero de 1971, expedido a nombre de 1a empre- sa RODRIGUEZ, C. POR A., ubicada dentro de los siguientes linderos: al Norte, Arroyo Guamlbano; al Este, Arroyo Guana- bano y Alberto Herrera; al Sur, Carretera Sanchez, San Juan- Las Matas; y al Oeste, Parcela No. 18 (Parte), propiedad del Ins- tituto Agrario Dominicano. Art. 2. - En oCaso de no llegarse a un acuerdo amigab1e con 1a propietaria del inmueble precedentemente indicado para su com pra de grado a grado por el Estado Dominicano, el Adminis- trador General de Bienes Nacionales realizara todos los actos, procedimientos y recursos, tanto ordinarios como extraordi- narios, de acuerdo con las leyes, para obtener la expropiaci6n del mismo. Art. 3.- Se dec1ara de urgencia que e1 Estado Dominicano entre en posesi6n del inmueble indicado, a fin de que se puedan iniciar en el mismo, deinmediato, los senalados trabajos, luego de ser cumplidos los requisitos exigidos por el Articulo 13 de Ia Ley No. 344, del 29 de julio de 1943, modificado por la Ley No. 700, del 31 de julio de 1974. Art. 4.- La entrada en posesi6n por el Estado Dominicano del mencionado inmueble, sera ejecutada por el Abogado del Estado, al tenor de 10 dispuesto por laLey No. 486, del 10 de noviembre de 1964, que agrega un Panafo II al Articulo 13 de la Ley No. 344, del 29 de julio de 1943. Art. 5.- Los propietarios de terrenos edificados, 0 no que de- riven un beneficio especial de los senalados trabajos, estaran suje- tos al pago de la contribuci6n prevista por el Articulo lro. de la Ley No. 1849, de fecha 27 de noviembrede 1948, sobre Con- tribuci6n a las Obras Publicas que beneficien terrenos de parti- culares, de acuerdo con las nonnas establecidas por dicha ley. Art. 6.- En ... fese al Administrador General de Bienes Naciona- les, al Instituto Agrario Dominicano y al Abogado del Estado, para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicana, al primer (ler.) dfa del mes de junio del ailo mil novecientos ochenta y uno; ailos 1380. de la Independencia y 1180. de la Restauraci6n. ANTONIO GUZMAN Dlc. No. 2476, qUI declara dl utilidad publica I interes social, la adquisici6n. por el Estado Dominicano de una parcela In el Municipio de San Juan de la Maguana. G. O. No. 9555, dl131 de mayo dl19r1

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona