Texto de la norma
Dec. No. 2393, que concede naturalización dominicana a varias personas.
G. O. No. 9553, del 30 de abril de 1981
ANTONIO GUZMAN
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 2393
VISTAS las solicitudes que por conducto de la Secretaría de Estado de Interior y Policía han elevado al Poder Ejecutivo las personas que se mencionan en la parte dispositiva del presente Decreto, para que les sea concedida la naturalización dominicana;
VISTA la Ley No. 1683, sobre Naturalización, de fecha 16 de abril de 1948, y sus modificaciones;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Se concede la naturalización dominicana a las siguientes personas:
1) A los esposos Zu Chen Yu y Hsiu Lien Tsai de Yu, sus padres Chwan Show Yu y Yuh Chuan Chang de Yu. todos de nacionalidad china y a sus hijos menores de edad Kuo-Hui Yu Tsai, Kuo-Hung Yu Tsai, Kuo-Pin Yu Tsai y Hui-Chou Yu Tsai;
2) Provisionalmente al menor de edad Sik Kwong Tse Ng, de nacionalidad británica;
3) A la señora Homa Afsari de Háshemi, de nacionalidad iraní;
4) A los esposos Ton Lai Lin y Chin Hwa Mao de Lin, sus hijos Huey Fun Lin Mao, Shin Zan Lin Mao, Huey Fen Lin Mao y Huey Len Lin Mao, todos de nacionalidad china;
5) A la señorita Ping Hsiang Wang (a) Peggy, de nacionalidad india;
6) A los esposos Hung Ming Lam y Chih Hsiu Yeh de Lam y sus hijos Mok Kwai Lam y May Chi Lam, todos de nacionalidad china;
7) A los esposos Cheng-Chung Yang Yang y Yu-Sen Sun de Yang, ambos de nacionalidad china y a sus hijos menores de edad Wei-Fen Yang Sun, Wei-Ning Yang Sun, Wei-Jiun Yang Sun y Pey Hwa Yang Sun;
8) A los esposos Sien Deh Chien (a) Frank y Li Cheng Wang de Chien (a) Linda, sus padres Min-Nien Chien Huang y A-Feng Chen de Chien, todos de nacionalidad china y a sus hijos meno-
res de edad Yin-Jung Chien Wang (a) Angela, Po-Hsun Chien Wang (a) Paul y Chia-Hui Chien Wang (a) Lisa;
9) A los esposos Long Shcei Chen Shih (a) Alexander y Mei-Ni Chou de Chen, ambos de nacionalidad china y a sus hijos menores de edad Shwu-Yi Chen Chou, Jyh-Jye Chen Chou y Jyh-Ming Chen Chou;
10) A los esposos Hsiu-Sung Wang Lin y Mei-Yun Lin de Wang, su madre Fong Lin de Wang, su hermano, Shih-Yao Wang Lin, todos de nacionalidad china y a sus hijos menores de edad Hsin-Chieh Wang Lin, Pei-Ying Wang Lin, Chia-Ju Wang Lin y Chih-Che Wang Lin;
11) A los esposos Ying-Kuang Shih y Trae Yun Lin de Shih, ambos de nacionalidad china y a su hijo menor de edad Cheng Chi Shih Lin;
12) A los esposos Hsien-Shann Kung Juang y Ming-Yuh Chyow de Kung, su hija Cindy C. W. Kung Chyow y su madre Shiow-Ing Juang, todos de nacionalidad china y a sus hijos menores de edad Jennifer Kung Chyow, Keiph Kung Chyow y Amy Kung Chyow;
13) Provisionalmente al menor de edad Li Ming Tsai, de nacionalidad china;
14) Al señor Wah An Yang y su madre Yau Sui Sze Yeung, ambos de nacionalidad china;
15) A los esposos Shing Wai Chung y Ham Wong de Chung, su hija Wai Sim Chung, todos de nacionalidad china y a su hijo menor de edad Chi Lun Chung.
Art. 2.- Los beneficiarios recibirán las cartas de naturalización de manos del Secretario de Estado de Interior y Policía o del Gobernador Civil Provincial en caso de que residieren en el interior del país, previo juramento de fidelidad a la República Dominicana ante dicho funcionario, de todo lo cual se redactará acta que deberá publicarse en la Gaceta Oficial.
Art. 3.- Envíese a las Secretarías de Estado de Interior y Policía y de Relaciones Exteriores, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintisiete (27) días del mes de abril del año mil novecientos ochenta y uno; años 138o. de la Independencia y 118o. de la Restauración.
ANTONIO GUZMAN
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