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Decreto

Decreto 2350

QUE MODIFICA EL ARTICULO PRIMERO DEL DECRETO NO. 1702, DEL 14 DE ABRIL DEL 1980

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
1 abr de 1981fecha
Modifica o deroga normastipo
G. O. 9552Gaceta Oficial del 15 abr de 1981
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 2350, que modifica el Artículo Primero del Decreto No. 1702, del 14 de abril de 1980. G. O. No. 9552, del 15 de abril de 1981 ANTONIO GUZMAN Presidente de la República Dominicana NUMERO: 2350 VISTA la Ley No. 344, de fecha 39 de julio de 1943 y sus modificaciones, sobre Procedimiento de Expropiación; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.- Queda modificado el Artículo Primero del Decreto No. 1702, de fecha 14 de abril de 1980, para que diga de la siguiente manera: "Art. 1.- Se declara de utilidad pública e interés social, para ser destinada a la construcción de viviendas para las familias afectadas por el Huracán David y la Tormenta Federico, la adquisición por el Estado Dominicano, de una porción de terreno con área aproximada de 20.00 tareas nacionales, dentro del ámbito de la Parcela No. 581 del Distrito Catastral No. 2, del Municipio de Monseñor Nouel, Sitio de Los Quemados, Provincia de La Vega, propiedad de la Sucesión Columna." Art. 2.- Envíese al Administrador General de Bienes Nacionales, al Director General del Catastro Nacional y al Abogado del Estado, para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, al primer (1er.) día del mes de abril del año mil novecientos ochenta y uno; años 138o. de la Independencia y 118o. de la Restauración. ANTONIO GUZMAN

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona