Texto de la norma
Dec. No. 2237, que concede naturalización dominicana, provisionalmente a varias personas.
G. O. No. 9550, del 28 de febrero de 1981
ANTONIO GUZMAN
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 2237
VISTAS las instancias que por conducto de la Secretaría de Estado de Interior y Policía han elevado al Poder Ejecutivo las personas que se mencionan en la parte dispositiva del presente Decreto;
VISTOS los documentos que acompañan dichas instancias;
VISTO el párrafo I del artículo 26 de la Ley No. 1683, sobre Naturalización, de fecha 16 de abril de 1948, agregado por la Ley No. 2665, de fecha 31 de diciembre de 1950;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Se concede la naturalización dominicana, provisionalmente a los siguientes menores de edad:
a) Helen Alexandra Paniagua Rodríguez, nacida en Moscú, en fecha 2 de octubre de 1975, hija legítima de los señores Porfirio Zacarías Paniagua Cairo (fallecido), de nacionalidad dominicana y de la señora Ing. Lita María Rodríguez Valladares Vda. Paniagua, de nacionalidad chilena;
b) Ernesto Venegas Aybar, nacido en Colombia, en fecha 13 de octubre de 1962, hijo de la señora Dulce María Aybar Milán, de nacionalidad dominicana.
Art. 2.- Envíese a las Secretarías de Estado de Interior y Policía y de Relaciones Exteriores, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los once (11) días del mes de febrero del año mil novecientos ochenta y uno; años 137o. de la Independencia y 118o. de la Restauración.
ANTONIO GUZMAN
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