Texto de la norma
Dec. No. 2207, que autoriza una emisión de sellos para el franqueo aéreo.
G. O. No. 9549, del 30 de enero de 1981
ANTONIO GUZMAN
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 2207
VISTA la Ley No. 2461, sobre Especies Timbradas, del 18 de julio de 1950;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Se autoriza una emisión de sellos para el franqueo aéreo de la correspondencia, en las siguientes cantidades y valores:
300,000 (Trescientos mil) sellos del valor de diez centavos, a colores.
100,000 (Cien mil) sellos del valor de treinta y tres centavos, a colores.
Art. 2.- Los sellos de diez centavos serán de forma rectangular en tamaño de 30 milímetros de largo por 40 milímetros de alto; mostrarán como motivo principal una concepción artística que representa la actividad agroquímica del país, y en el fondo el mapa de la República Dominicana; a todo el largo del lado superior se leerá "República Dominicana"; hacia el lado superior derecho aparecerá el valor facial expresado así: "10 ¢"; hacia el lado superior izquierdo llevarán las palabras "CORREO AEREO"; debajo, el símbolo del Colegio Dominicano de Ingeniería y Arquitectura (CODIA), en el lado inferior a cuatro renglones tendrán la inscripción "Primer Seminario de la Ingeniería Química—CODIA — 1981.
Los sellos de treinta y tres centavos serán de forma rectangular en tamaño de 30 milímetros de ancho por 40 milímetros de
alto; mostrarán como motivo principal el símbolo del Colegio Dominicano de Ingeniería y Arquitectura (CODIA) sobre un destello de luz; a todo el largo del lado superior se leerá "República Dominicana", hacia el lado superior derecho aparecerá el valor facial expresado así: "33¢"; hacia el lado superior izquierdo llevarán las palabras "CORREO AEREO", en el lado inferior a cuatro renglones tendrán la inscripción "Primer Seminario de la Ingeniería Química – CODIA – 1981".
Art. 3.- Para dicha emisión se utilizará papel litográfico para estampillas cromo 56B, sustancia 103 gm2.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintitrés (23) días del mes de enero del año mil novecientos ochenta y uno; años 137o. de la Independencia y 118o. de la Restauración.
ANTONIO GUZMAN
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