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El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 2199

QUE CONCEDE SENDAS PENSIONES DEL ESTADO A VARIAS PERSONAS

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
19 ene de 1981fecha
Retiro, jubilación o pensióntipo
G. O. 9549Gaceta Oficial del 30 ene de 1981
Poder Ejecutivoórgano
108personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e instituciónDetalle
Bernarda Reynoso de VasquezPensión—
Maria de los Angeles Vargas CepedaPensión—
Inocencia Rosario Paula de AgramontePensión—
Altagracia Alba Vda. BautistaPensión—RD$132.00
Lidia Casado Pimentel de AguasvivasPensión—RD$141.00
Luisa Amantina Brea y MorilloPensión—RD$161.00
Carmen Castellanos Vda. ValenciaPensión—RD$100.00
Ana Adelina Perez y PerezPensión—RD$120.00
Neyda Jlltagracia Cruz AbreuPensión—RD$132.00
Melba Garcia de PefiaPensión—RD$300.00
Carmen Providencia Paulino VasquezPensión—RD$300.00
Enelda Rafaela de Jesús Gutiérrez de DepratPensión—RD$170.00
Divina Franco de DamianoPensión—RD$300.00
Bethania Vicioso Mancebo de CabreraPensión—RD$180.00
Olga Eulalia Loynaz CuzaPensión—RD$180.00
Enia Altagracia López EspinoPensión—RD$180.00
Ana Leonor Pérez de DíazPensión—RD$180.00
Aracelis Dolores Sánchez de TorresPensión—RD$145.00
Ana Lidia Anico de MaldonadoPensión—RD$100.00
Carmen María CastilloPensión—RD$300.00
Tulio Cabrera PolancoPensión—RD$100.00
Eduardo Geraldo Candelario SantosPensión—RD$100.00
Rafael Altagracia Lara BobadillaPensión—RD$132.00
María Teresa Díaz de GermosoPensión—RD$132.00
Mercedes Ulloa de LescailléPensión—RD$135.00
Antonia Peláez de AriasPensión—RD$185.00
Ana Josefa Grullón GarcíaPensión—RD$195.00
Fernando Aníbal de Castro PérezPensión—RD$261.00
Ramón Eduardo Reyes y RosarioPensión—RD$195.00
Pedro Domingo Ureña y UreñaPensión—RD$195.00
Gineida Givinia Moya de EspinosaPensión—RD$265.00
Zenovia Gutiérrez de IsabelPensión—RD$100.00
Apolinar Terrero SanchezPensión—RD$210.00
Mercedes Herminia Estrella Peña de PichardoPensión—RD$165.00
Mercedes Zeneida Ramírez de MeloPensión—RD$149.00
Fausto José Ramón Añil y MorceloPensión—RD$100.00
Mercedes Isabel Quezada de JiménezPensión—RD$100.00
Altagracia Ozema Gerónimo MatosPensión—RD$155.00
Isabel Antonia Reyes Núñez de Díaz AlejoPensión—RD$238.00
Daysi Estela LachapellePensión—RD$145.00
Gloria Antonia de Peña de NúñezPensión—RD$100.00
Vicente Indalecio Gómez BáezPensión—RD$100.00
Poro Chan BelillaPensión—RD$100.00
Josefa Heredia Vda. RicartPensión—RD$195.00
María Isabel Castro QueroPensión—RD$105.00
Luz Esther Yndiana Tavarez y JiménezPensión—RD$237.00
Lourdes Milagros Camilo López de ReyesPensión—RD$100.00
Rosa Enérgica MonteroPensión—RD$100.00
Ana Rosa de Jesús de LópezPensión—RD$100.00
Melba Dulcina PérezPensión—RD$156.00
Rosa Leonor Cabral de MedinaPensión—RD$158.00
Ana Lucila Vargas de RosarioPensión—RD$132.00
Epifania Peña AlmontePensión—RD$100.00
Ana Lucía Reyes de PérezPensión—RD$132.00
Dolores Emilia Durán Reyes de PérezPensión—RD$100.00
Tomasina Espinosa de RodríguezPensión—RD$270.00
Isabel Rijo MejíaPensión—RD$100.00
Quilda Petronila Madera de TorresPensión—RD$135.00
Ligia Andrea Matchett y MartyPensión—RD$132.00
Domingo Jiménez y JiménezPensión—RD$300.00
María Eneida LoraPensión—RD$300.00
Ramón Arriaga PontierPensión—RD$195.00
Luis Alfonso Peguero GuerreroPensión—RD$206.00
José Altagracia Peña BreaPensión—RD$165.00
Martín CáceresPensión—RD$100.00
Candida Rosa Caro CuevasPensión—RD$210.00
Olga ReyesPensión—RD$135.00
Milagros Gonzalez de RodríguezPensión—RD$135.00
Máximo Mejía SánchezPensión—RD$195.00
Emilio Mercedes PérezPensión—RD$180.00
Marino Paulino GarcíaPensión—RD$132.00
Pedro Antonio Rodríguez GrullónPensión—RD$264.00
Juan Francisco PolancoPensión—RD$132.00
Yolanda Altagracia Gómez de PerdomoPensión—RD$180.00
Altagracia Miledys Sánchez MéndezPensión—RD$100.00
Dioda Mercedes Rodríguez de JiménezPensión—RD$182.00
Irma Lafán ReymánPensión—RD$264.00
Rafael A. Espaillat LópezPensión—RD$264.00
Víctor José Burgos LemoinePensión—RD$264.00
Manuel Vólquez PérezPensión—RD$264.00
Pura Bélgica Gómez de JiménezPensión—RD$132.00
Agustín GonzálezPensión—RD$132.00
Zoraida Henríquez de MorelPensión—RD$132.00
Fresa Victoria SantanaPensión—RD$132.00
Antonio Manuel Bautista PérezPensión—RD$100.00
Teresa Amelia Grullón de Montes de OcaPensión—RD$100.00
Teodocia Elvira Manson de MonsantoPensión—RD$100.00
Felix María López CastilloPensión—RD$100.00
María Teodocia Cedeño de BurgosPensión—RD$170.00
Josefa Bienvenida Méndez de SantanaPensión—RD$132.00
Rafael Alberto PérezPensión—RD$177.00
Salomé Francisco GuillénPensión—RD$132.00
Hermógenes Dionicio LaraPensión—RD$132.00
Zenovia J. de MercedesPensión—RD$100.00
Martina Espinal PeñaPensión—RD$100.00
Herminia Antonia Aquino de GarcíaPensión—RD$200.00
Juana Cáceres de CastilloPensión—RD$100.00
Pedro Nicolás Jorge ReyesPensión—RD$150.00
Ramón Antonio RodríguezPensión—RD$260.00
Fuensanta Muñoz FernándezPensión—RD$260.00
Augusto Rincón PegueroPensión—RD$100.00
Cecilia AlejoPensión—RD$135.00
Ligia Ramírez de TenaPensión—RD$270.00
María Ramona Elanco de FernándezPensión—RD$100.00
Abraham SmithPensión—RD$147.00
Pancracio Lorenzo MariñezPensión—RD$188.00
Zenón Castillo SánchezPensión—RD$154.00
Juan Enrique Figueroa PeñaPensión—RD$132.00

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Mostrar el texto (36,567 caracteres)
Dec. No. 2199, que concede send. pension. del Estlldo a varias peno .. s. G. O. No. 9549, del 30 de enero de 1981 ANTONIO GUZMAN Presidente de la Republica Oominicana NUMERO: 2199 VISTA la Ley No. 5185, sobre Pensiones Civiles del Estado de fecha 31 de julio de 1959; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el articulo 55 de la Constituci6n de la Republica, dicto el siguiente DECRETa: Art. 1.- Se concede el beneficio de la jubilaci6n y se asignan sendas pensiones del Estado a las personas siguientes: 1) A1 senor Temistocles Rosa Vargas, una pensi6n del Estado de ciento noventa y cinco pesos oro (RO$195.00) mensuales; 2) A la senora Celeste Emilia Azcona de Cabrera, una pensi6n del Estado de ciento treinta y dos pesos oro (RO$132.00) men- suales; 3) A la senora Irene Aurora Batista de Sanchez, una pensi6n del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 4) A la senora Florentina Hernandez de Araujo, una pensi6n del Estado de doscientos diez pesos oro (RD$210.00) mensuales; 5) A la senora Rosa Lastenia OIOleo Pir6n, una pension del Estado de doscientos cuarenta y cinco pesos oro (RO$245.00) mensuales; 6) A la senora Gertrudys Victoria Morales de Tavarez, una pen- sion del Estado de ciento treinta y dos pesos oro (RO$132.00) rnensuales; 7) A la senora Ana Dolores Infante Collado V da. Rivero, unl pensi6n del Estado de doscientos ochenta y seis pesos oro (RD$ 286.00) mensuales; 8) A la senora Lesbia Maria Zonilla de la Rosa, una pensi6n del Estado de ciento treinta y dos pesos oro (RD$132.00) men- suales; 9) A la senora Maria Altagracia Le6n de Rodriguez, una pen- si6n del Estado de ciento veinte pesos oro (RD$120.00) mensua- les; 10) Al senor Jos~ Mooa Feliciano, una pensi6n del Estado de doscientos sesenta y tres pesos oro (RD$263.00) mensuales; 11) Al senor Ram6n Antonio Pena Castillo, una pensi6n del Estado de ciento diez y seis pesos oro (RD$1l6.00) mensuales; 12) A la senora Ines Mercado de Rodriguez, una pensi6n del Estado de ciento treinta y dos pesos oro (RD$132.00) mensuales; 13) A la senora Gregora Reyes Capellan, una pensi6n del Es- tado de ciento cuarenta pesos oro (RD$140.00) mensuales; 14) A la senora Luz Esther Ruiz Sierra, una pensi6n del Es- tado de.cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 15) A la senora Rosa Perez de Sena, una pensi6n del Estado de ciento cuarenta y seis pesos oro (RD$I16.00) mensuales; 16) A la senora Carmela Fernandez, una pensi6n del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensualesi 17) A la senora Cecilia Isabel Matos de Perez, una pensi6n del Estado de clen pesos oro (RD$lOO.OO) mensuales; 18) A la senora Anatolia Vasquez Almonte de Reyes, una pen- si6n del Estado de ciento treinta y dos pesos oro '(RD$132.00) mensuales; . ! = 'I 19) A la senora Fredesvinda Luisa Mercedes Renfijo de Fer· nandez, una pensi6n del Estado de ciento treinta y dos pesos oro (RD$132.00) mensuales; 20) A la senora Martina Caraballo de Liriano, una pensi6n del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 21) A la senora Francisca Bienvenida Lozano, una pensi6n del Estado de dento cincuenta y un pesos oro (RD$151.00) mensua· les; 22) A la senora Manuela de los Santos de Guti~rrez, una pen· si6n del Estado de doscientos sesenta y un pesos oro (RD$261. 00) mensuales; 23) A la senora Beatriz Rodriguez de Quinonez, una pensi6n del Estado de ciento cincuenta y un pesos oro (RD$151.00) men· suales; 24) A la senora Luz Estela Castillo, una pension del Estado de cien pesos oro (RD$lOO.OO) mensuales; 25) AI senor. Angelmiro V61quez Moquete, una pensi6n del Estado de trescientos pesos oro (RD$300.00) mensuales; 26) AI senor Frank Antonio Mata, una pensi6n del Estado de ciento treinta y dos pesos oro (RD$132.00) mensuales; 27) AI senor Antonio Cespedes Rojas una pension del Estado de ciento cuarenta y un pesos oro (RD$141.00) mensuales; 28) A la senora Mercedes Idalia Pael de Cruz, una pensi6n del Estado de ciento treinta y dos pesos oro (RD$132.00) mensuales; 29) A la senora Maria Beltr~, una pensi6n del Estado de cien pesos oro (RD$lOO.OO) mensuales; 30) A la senora Cristina Utiera de Santana, una pensi6n del Estado de cien pesos oro (RD$lOO.OO) mensuales; 31) A la senora Anacaona Nunez Cespedes, ur:a pension del Estado de ciento treinta y dos pesos oro (RD$132.00) mensuales; 32) AI senor Ram6n Antonio Amezquita, una pension del Es- tado de ciento treinta y dos pesos oro (RD$132.00) mensuales; 33) AI senor Simon Maria Diaz Fernandez, una pensi6n del Estado de ciento treinta y dos pesos oro (RD$132.00) mensuales; 34) A la senora Nidia Mercedes Curiel Batista, una pensi6r del Estado de ciento cincuenta y dos pesos oro (RD$152.00) men- suales; 35) AI senor Aurelio del Carmen Vicente Mateo, una pensi6n del Estado de doscientos setenta pesos oro (RD$270.00) mensua- les; 36) A la senora Maria AItagracia Cepeda de Minaya, una pen- si6n del Estado de ciento cincuenta y un pesos oro (RD$lSJ ,00) mensuales; 37) AI senor Narciso del Rosaric 'Rivero, una pension dd Es- tado de cien pesos oro (RD$lOO.OO) mensuales; 38) AI senor Arcadia Antolin Rf)d:ic:uez y Diaz, una DEl1si6n del Estado de dento treinta y dos P(!SO:c oro (RD$132.(},') men- suales; 39) AI senor Luis Antonio Gil Rey,~s, una pension rjd Esta- do de ciento treinta y cinco pesm: oro (RD$135.00) Im;nsuales; 40) A la senora Juana Francisca Tejada de Taveras, una pen- sion del Estado de ciento cincuenta y un pesos oro (RD$151.00) mensuales; 41) A la senora Luz del Carmen Valerio Rodri<}'Jez de De los Santos, una pem;ion del Estado de ciento treinta y dos pes(·:;':'ro (RD$132.00) mensuales; 42) A la senora Isabel Reyes de Acosta, una pension del Es- tado de cien pesos oro (RD$lOO.OO) mensuales; • wo 43) A la senora Mercedes Eloisa Perez de Rojas, una pension del Estado de ciento cuarenta y seis pesos oro (RD$146.00) mensuales; 44) AI senor Serapio Martin Santos Reyes, una pension del Estado de ciento cuarenta y un pesos oro (RD$141.00) mensua- les; 45) AI senor Santiago Figuereo, una pension del Estado de ciento treinta y dos pesos oro (RD$132.00) mensuales; 46) A la senora Anadina Contreras, una pension del Estado de cien pesos Of 0 (RD$100.00) mensuales; 47) AI senor German Agustin Toribio, una pension del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 48) A la senora 1'lormandI'a Carolina Suazo de Ledesma, una pensi6n del Estado de ciento treinta y dos pesos oro (RD$132. 00) mensuales; 49) A la senora Rita Maria Cohen Fernandez, una pension del Estac!o de ciento veinte y seis pesos oro (RD$126.00) mensua- les; 50) PJ senor Candido Almanzar y Mendez, una pensi6n del Estado de ciento treinta y dos pesos oro (RD$132.00) mensua- les; 51) A la senora Lilia Ferreira de Rosario, una pel"..sion del Es- tado de dcscientcs sesenta y seis pesos oro (RD$266.00) men- suales; 52) A la senora Aurora Celeste Pantaleon de Veras, una pen- lli6n del Estado de doscientos diez pesos oro (RD$210.00) men- suales; 53) A la senora Teresa Ovalle, una pension del Estado de cien pesos NO (RD$100.00) mensuales; 54) Ala sefiora Daysi Miranda Martinez de Ramirez, una pen- si6n del Estado de ciento treinta y dos pesos oro (RD$132.00) mensuales; 55) Ala sefiora Moraima Altagracia Fernandez de Checo, una pensi6n del Estado de cien pesos oro (RD$lOO.OO) mensuales; 56) A la sefiora Bernarda Reynoso de Vasquez, una pensi6n del Estado de cien pesos oro (RD$lOO.OO) mensuales; 57) Ala sefiora Guadalupe Martinez de Concepci6n, una pen- si6n del Estado de cien pesos oro (RD$lOO.OO) mensuales; 58) A la sefiora Maria de los Angeles Vargas Cepeda, una pen- si6n del Estado de cien pesos oro (RD$lOO.OO) mensuales; 59) A la sefiora Inocencia Rosario Paula de Agramonte, una pensi6n del Estado de cien pesos oro (RD$lOO.OO) mensuales; 60) A la senora Maria Marte de MUfioz, una pensi6n del Esta- do de cien pesos oro (RD$lOO.OO) mensuales; 61) PJ sefior Bartolo Mercedes Morales hijo, una pensi6n del Estado de cien pesos oro (RD$lOO.OO) mensuales; 62) A la sefiora !.~ercedes Cabrera, una pensi6n del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 63) Ala sefiora Leda Antonia Mendez de Capano, una pensi6n del Estado de cien pesos oro (RD$lOO.OO) mensuales; 64) A la sefiora Altagracia Alba Vda. Bautista, una pensi6n del Estado de ciento treinta y dos pesos oro (RD$132.00) men- suales; 65) A la sefiora Lidia Casado Pimentel de Aguasvivas, una pen- si6n del Estado de ciento cuarenta y un pesos oro (RD$141.00)' mensuales; 66) A la sefiora Luisa Amantina Brea y Morillo, una pensi6n del Estado de cien pesos oro (RD$lOO.OO) mensuales; , lin, • , a: $ Q j. CD •• 67) Al senor Rafael de los Santos Aquino, una pension del Estado de ciento sesenta y un pesos oro (RD$161.00) mensua- les; 68) A la senora Advincola Alcantara Herrumdez de Rodri- guez, una pensi6n del Estado de ciento treinta y dos pesos oro (RD$132.00) mensuales; 69) A la senora Dolores Eugenia G6mez de Guzman, una pen- sion del Estado de ciento cuarenta y un pesos oro (RD$141.00) mensuales; 70) AI senor JesUs Maria Brito, una pensi6n del Estado de ciento treinta y dos pesos oro (RD$132.00) mensuales; 7;) A la senora Juana Evangelista Rodriguez de G6mez, una pensi6n del Estado de ciento noventa y cinco pesos oro (RD$ 195.00) mensuales; 72) A la senora Carmen Luisa Perez Valerio de Rivas, una pen- si6n del Estado de ciento treinta y dos pesos oro (RD$132.00) mensuales; 73) A la senora Idalia Ramona Cabrera de Pena, una pension del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 74) A lasenora Maria Intis Joaquin de Munoz, una pensi6n del Estado de ciento treinta y dos pesos oro (RD$132.00) men- suales; 10) A la senora Tomaw f'antana de Alvarez, una pensi6n del Estado de doscientos oc1.o pesos oro (RD$208.00) mensuales; 76) AI senor Persio Antonio Ventura Hernandez, una pensiOn del Estado de trescientos pesos oro (RD$300.00) mensuales; 77) A la senora Celeste Aida Morales. de Bello, una pension del Estado de trescientos pesos oro (RD$300.00) mensuales; 78) A la senora Licenciada Maria Justina Paula de Mendoza, una pension del Estado de doscientos setenta pesos oro (RD$ 270.00) mensuales; 79) Al senor Cristobal Helena Cabrera, una pension del Esta- do de doscientos veinte pesos oro (RD$220.00) mensuales; 80) Al senor Jose Martinez JimE!nez, una pension del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 81) A la senora Elena del Carmen Paulino Liriano de Nunez, una pension del Estado de ciento cincuenta y dos pesos oro (RD$ 152.00) mensuales; 82) A la senora Rosa Figaro de Ramon, una pension del Esta- do de ciento treinta y dos pesos oro (RD$132.00) mensuales; 83) A la senora Julia Moreno Cruz de Cabrera, una pension del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 84) A la senora Celeste Aurora Pifieiro de Peralta, una pension del Estado de ciento cuarenta y cinco pesos oro (RD$145.00) mensuales; 85) Al senor Jos~ Alberto Thomas Romero, una pension del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 86) A la senora Olga Argentina Garcia Lazala de Rosario, una pension del Estado de ciento veinte pesos oro (RD$120.00) men- suales; 87) A 1a sefiora Sergia Caridad Guerra Rodriguez de Parra, una pension del Estado de ciento treinta y dos pesos oro (RD$ 132.00) mensuales; 88) A 1a senora Dalinda Oliva Reyes de Baez, una pension del Estado de doscientos setenta pesos oro (RD$270.00) mensuales; 89) A 1a senora Alfreda Elisa PE!rez de Ramirez, una pension del Estado de doscientos diez pesos oro (RD$21O.00) mensuales; 90) A la sefiora Carmen Castellanos Vda. Valencia, una pen- sion del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 91) Ala sefiora Agustina Tactuk de Ramirez, una pension del Estado de trescientos pesos oro (RD$300.00) mensuales; 92) Ala sefiora Maria Caridad Villaman Polanco, una pension del Estado de ciento cuarenta y cinco pesos oro (RD$145.00) mensuales; 93) A la sefiora Ana Adelina Perez y Perez, una pension del Estado de cien pesos oro (RD$lOO.OO) mensuales; 94) Al senor Antonio Maria Gomez, una pension del Estado de ciento veinte pesos oro (RD$120.00) mensuales; 95) A la senora Aurea Atala Azar Heded Vda. Escobar, una pension del Estado de ciento diez pesos oro (RD$llO.OO) men- suales; 96) A la senora Rosa Jimenez de Cortorreal, una pension del Estado de ciento noventa y cinco pesos oro (RD$195.00) men- suales; 97) A la senora Norberta R. Jimenez de Ramirez, una pension del Estado de doscientos pesos oro (RD$200.00) mensuales; 98) A la senora Alina Ramona Liranzo Almanzar, una pen- sion del E~tado de ciento setenta pesos oro (RD$170.00) men- suales; 99' !\. la senora Toma"ina Garcia de Fernandez, una pension rl _ ~stado de cien pesos or J 'RD$lOO.OO) mensuales; 100) Al senor Felipe Mercedes CUr'.odio, una pension del Estado de cien pesos oro (RD$lOO.OO) mensuales; 101) A la senora Felipa Antonia Hernandez Ortiz, una pen- sion del Estado de ciento noventa y cinco pesos oro (RD$195. 00) mensuales; . -------------------------~------- 102) A la senora Silverina Marte de Diaz, una pensi6n del Esta- do de doscientos quince pesos oro (RD$215.00) mensuales; 103) Al senor Marcos Tulio Peralta Checo, una pensi6n del Estado de cien pesos oro (RD$lOO.OO) mensuales; 104) A la senora Dionisia Altagracia Almanzar Marquez, una pensi6n del Estado de ciento treinta y dos pesos oro (RD$132. OO) mensuales; 105) A la senora Matilde Jim~nez de Penn, una pensi6n del Estado de ciento treinta y dos pesos oro (RD$132.00) mensua- les; 106) A la senora Aridia Then de Antigua, una pensi6n del Estado de doscientos setenta y cinco pesos oro (RD$275.00) mensuales; 107) A la senora Juana Consuelo Castillo Caceres, una pen- si6n del Estado de cien pesos oro (RD$lOO.OO) mensuales; 108) A la sefiora Neyda Jlltagracia Cruz Abreu, una pensi6n del Estado de ciento tl'einta y dos pesos oro (RD$132.00) men- suales; 109) A la sefiora Melba Garcia de Pefia, una pensi6n del Esta- do de trescientcs pesos oro (RD$300.00) mensuales; 110) A la sefiora Carmen Providencia Paulino Vasquez, una pensi6n del Estado de trescientos pesos oro (RD$300.00) men- suales; Ill) Al senor Julian Elivo Jones, una pensi6n del Estado de ciento treinta y dos pesos oro (RD$132.00) mensuales; 112) Al senor Gabriel Cristian Olivares Olivares, una pensi6n del Estado de doscientos sesenta y un pesos oro (RD$261.00) mensuales; w 113) A la senora Licenciada Mercedes Almonte de Ramirez, una pensi6n del Estado de doscientos noventa y seis pesos oro (RD$296.00) mensuales; 114) Al senor Francisco Carlos Cabral Mendez, una pension del Estado de doscientos sesenta y un pesos oro (RD$261.00) mensuales; 115) A la senora Marfa BernardinaPascual de Taveras, una pension del Estado de ciento noventa y dos pesos oro (RD$ 192.00) mensuales; 116) A la senora Octavia Ramona Espinal Beato Vda. Brache, una pension del Estado de doscientos pesos oro (RD$200.00) mensuales; 117) Al senor Pedro Gonzalez Bonilla, una pension del Esta- do de doscientos sesenta y un pesos oro (RD$261.00) mensua- les; 118) AI senor Juan Fernando Pena Mata, una pension del Estado de doscientos sesenta y un pesos oro (RD$261.00) men- suales; 119) PJ senor Camilo de Jesus Acosta Vargas, una pension del Estado de doscientos cuarenta pesos oro (RD$240.00) mensuales; 120) Al 5cnor Emiliano Francisco Guzrnc1n Perez, una pension del Est~,..1o ae dnscientos seser.ta y un pesos oro (RD$261.00) mensLlales ; 121) AI senor Pedro ,Andromeda Dominguez PepIn, una pen- sion. del Estado de doscientos cuaren~d pesos oro (RD$240.00) mensuales; 122) A la senora Luisa PJbertma de los Santos Pina, una pen- sion del Estado de doscientos quince p.esos oro (RD$[cédula]) mensuales; -----------------------_ ...... 123) A la sencra Severina Cerda de Motar una pensi6n del Estado de mento sesenta pesos oro (RD$160.00) mensuales; 124} A la senora Licenciada Lourdes Maria Yermenos de Sim6, una pensi6n del Estado de ciento setenta pesos oro (RD$ 170.00) mensuales; 125) A la senora Matilde Upia Chac6n, una pensi6n del Esta- do de clen pesos oro (RD$100.00) mensuales; 126) A la senora Bienvenida Catalina Molina de Ferreiras, una pensi6n del Estado de mento treinta y dos pesos oro (RD$132. OO) mensuales; 127) A la senora Josefina Ramona Aybar de Diaz, una pen- si6n del Estado de ciento cuarenta y un pesos oro (RD$141.00) mensuales; :128) A la senora Juana Milagros Gonzalez de Rodriguez, una pensi6n del Estado deciento treinta y dos pesos oro (RD$132. 00) mensuales; 129} A la senora Gladys Eduviges Jourdain Caro, una pen- si6n del Estado de ciento cuarenta y dos pesos oro (RD$142.00) mensuales; 130) Al senor Carlos Maria Est~ez Almonte, una pensi6n del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 131) A la senora Angela Antonia Mora Guerra, una pensi6n del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 132) A la senora Nilda Mercedes Rivas de Morales, una pensi6n del Estado de ciento treinta y dos pesos oro .(RD$132.00) men- suales; 133) A la senora Rosa Estela Boves, una pensiOn del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; - 134) A la senora Ana Antonia Robles de Acosta, una pensi6n del Estaco de dento noventa y cinco pesos oro (RD$195.00) mensuales; 135) A la senora Lira E. Sabater Manzanillo, una pensi6n del Estado de cien pesos oro (RD$lOO .00) mensuales; 136) A la senora Mariana del Rosario Aguilera y Grisanty, una pension del Estado de doscientos pesos oro (RD$200 .00) men- suales; 137) A la senora Dulce 1I'!aria Castellanos de Nunez, una pen- si6n del Estado de ciento sesenta pesos oro (RD$160.00) men- suales; 138) A la senora Ana Lucila Toribie de Estrella, una pensi6n del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 139) AI senor Alejandro de los Santos, una pensi6n del Estado de ciento treinta y dos pesos oro (RDS132.00) mensuales; 140) A la senora Rosa Abreu de Cruz, una pensi6n del Estado ae Clemo treinta y dos pesos ero (RD$132.00) mensuales; 141) AI sener Emilio Plberte Fondeur y Fcndeur, una pensi6n del Estado de ciento treinta y c!.cs pesos oro (RD$132.00) men- suales; 142) PJ sener Enrique Ferreras Espinosa, una pensi6n del Estado de dento ochenta pesos oro (RD$180.00) mensuales; 143) .• la senora rlaria de los Remedios Rodriguez Vda. Mat> l', ud, una pensi6n cel Estado de doscientos quince pesos .0 (RD$215.00) mensua'ds, 144) A la senora Maria Emenegilda Ivtarmolejos Diaz de Ro- driguez, una pensi6n del Estado de ciento trein~ y des pesos oro (RD$132.00) mensuales; 145) A la senora Cayetana Reyes Gonzalez, una pensi6n del Estado de den pesos oro (RD$lOO.OO) mensuales; 146) A la señora Enelda Rafaela de Jesús Gutiérrez de Deprat, una pensión del Estado de ciento setenta pesos oro (RD$170.00) mensuales; 147) A la señora Divina Franco de Damiano, una pensión del Estado de trescientos pesos oro (RD$300.00) mensuales; 148) A la señora Bethania Vicioso Mancebo de Cabrera, una pensión del Estado de ciento ochenta pesos oro (RD$180.00) mensuales; 149) A la señora Olga Eulalia Loynaz Cuza, una pensión del Estado de ciento ochenta pesos oro (RD$180.00) mensuales; 150) A la señora Enia Altagracia López Espino, una pensión del Estado de ciento ochenta pesos oro (RD$180.00) mensuales; 151) A la señora Ana Leonor Pérez de Díaz, una pensión del Estado de ciento ochenta pesos oro (RD$180.00) mensuales; 152) A la señora Aracelis Dolores Sánchez de Torres, una pensión del Estado de ciento cuarenta y cinco pesos oro (RD$145.00) mensuales; 153) A la señora Ana Lidia Anico de Maldonado, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 154) A la señora Carmen María Castillo, una pensión del Estado de trescientos pesos oro (RD$300.00) mensuales; 155) Al señor Tulio Cabrera Polanco, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 156) Al señor Eduardo Geraldo Candelario Santos, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 157) Al señor Rafael Altagracia Lara Bobadilla, una pensión del Estado de ciento treinta y dos pesos oro (RD$132.00) mensuales; 158) A la señora María Teresa Díaz de Germoso, una pensión del Estado de ciento treinta y dos pesos oro (RD$132.00) mensuales; 159) A la señora Mercedes Ulloa de Lescaillé, una pensión del Estado de ciento treinta y cinco pesos oro (RD$135.00) mensuales; 160) A la señora Antonia Peláez de Arias, una pensión del Estado de ciento ochenta y cinco pesos oro (RD$185.00) mensuales; 161) A la señora Ana Josefa Grullón García, una pensión del Estado de ciento noventa y cinco pesos oro (RD$195.00) mensuales; 162) Al señor Fernando Aníbal de Castro Pérez, una pensión del Estado de doscientos sesenta y un pesos oro (RD$261.00) mensuales; 163) Al señor Ramón Eduardo Reyes y Rosario, una pensión del Estado de ciento noventa y cinco pesos oro (RD$195.00) mensuales; 164) Al señor Pedro Domingo Ureña y Ureña, una pensión del Estado de ciento noventa y cinco pesos oro (RD$195.00) mensuales; 165) A la señora Gineida Givinia Moya de Espinosa, una pensión del Estado de doscientos sesenta y cinco pesos oro (RD$265.00) mensuales; 166) A la señora Zenovia Gutiérrez de Isabel, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 167) Al señor Apolinar Terrero Sanchez, una pensión del Estado de doscientos diez pesos oro (RD$210.00) mensuales; 168) A la señora Mercedes Herminia Estrella Peña de Pichardo, una pensión del Estado de ciento sesenta y cinco pesos oro (RD$165.00) mensuales; 169) A la senora Arcadia Joaquin de Est~vez, una pension del Estado de doscientos cinco pesos oro (RD$205.00) mensuales; 170) AI senor Eusebio Tavarez, una pensi6n del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 171) Al senor Bienvenido Veloz Alcantara una pensi6n del Es- tado de ciento treinta y dos pesos oro (RD$132.00) mensuales; 172) AI senor Hilario Antonio Caba de la Cruz, una pension del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 173) A la senora Gloria Esther Cabrera de Sosa, una pensi6n del Estado de ciento treinta y dos pesos oro (RD$132.00) men- suales; 174) A la senora Juana Castillo, una pensi6n del Estado de cien pesos oro (RD$lOO.OO) mensuales; 175) A la senora Martina Hernandez Contreras, una pensi6n del ESl.ado de cien pesos oro (RD$lOO.OO) mensuales; 176) A la senora Altagracia Villamil de Hernandez, una pen- si6n del Estado de doscientos quince pesos oro (RD$[cédula]) mensuales; 177) A la senora Maximina Rafaela Diaz de Pena, una pen- si6n del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 178) A la senora Rosalia Padilla de Pena, una pensi6n del Es- tado de ciento cincuenta y des pesos oro (RD$152.00) mensua- les; 179) AI senor Miguel Estevez Almanzar, una pensi6n del Estado de trescientos pesos oro (RD$300.00) mensuales; 180) A la senora Ramona de los Santos de Mota, una pensi6n del Estado de ciento cuarenta y siete pesos oro (RD$147.00) mensuales; 181) A la senora Diana Amantina Garrido y Michel de Perez, una pensi6n del Estado de ciento treinta y dos pesos oro (RD$ 132.00 )mensuales; - 182) A la señora Mercedes Zeneida Ramírez de Melo, una pensión del Estado de ciento cuarenta y nueve pesos oro (RD$149.00) mensuales; 183) Al señor Fausto José Ramón Añil y Morcelo, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 184) A la señora Mercedes Isabel Quezada de Jiménez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 185) A la señora Altagracia Ozema Gerónimo Matos, una pensión del Estado de ciento cincuenta y cinco pesos oro (RD$155.00) mensuales; 186) A la señora Isabel Antonia Reyes Núñez de Díaz Alejo, una pensión del Estado de doscientos treinta y ocho pesos oro (RD$238.00) mensuales; 187) A la señora Daysi Estela Lachapelle, una pensión del Estado de ciento cuarenta y cinco pesos oro (RD$145.00) mensuales; 188) A la señora Gloria Antonia de Peña de Núñez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 189) Al señor Vicente Indalecio Gómez Báez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 190 Al señor Poro Chan Belilla, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 191) A la señora Josefa Heredia Vda. Ricart, una pensión del Estado de ciento noventa y cinco pesos oro (RD$195.00) mensuales; 192) A la señora María Isabel Castro Quero, una pensión del Estado de ciento cinco pesos oro (RD$105.00) mensuales; 193) A la señora Luz Esther Yndiana Tavarez y Jiménez, una pensión del Estado de doscientos treinta y siete pesos oro (RD$237.00) mensuales; 194) A la sef\ora Dulce Maria Canela Corcino Vda. Castro, una pension del Estado de ciento cincuenta y un pesos oro (RD$151.00) mensuales; 195) A la senora Ela Maria Wagner de sanchez, una pension del Estado de clen pesos oro (RD$100.00) mensuales; 196) A la senora Manuela del Rosario Alcantara de D'Oleo, una pension del Estado de ciento sesenta pesos oro (RD$160.00) mensuales; 197) A la senora Ana Mireya Carbonell de Espinosa, una pen- sion del Estado de doscientos setenta pesos oro (RD$270.00) mensuales; 198) A la senora Antonia Maria Romero Peralta, una pension del Estado de ciento cuarenta y un pesos oro (RD$141.00) men- suales; 199) A la senora Brigida Mendez Santiago, una pension del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 200) AI senor Cesar Ramon Diaz Castro, una pension del Estado de doscientos cuarenta pesos oro (RD$240.00) men- suales; 201) AI senor Jose Maria Mercedes y Reynoso, una pension del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 202) A la senora Daniela Moratin Lopez, una pension del Estado de cien pesos oro (RD$lOO.OO) mensuales; 203) A la senora Aura Iluminada Aracena de Matos, una pen- sion del Estado de cien pesos oro (RD$IOO.OO) mensuales; 204) A la senora Maria Marcia Compres de Vargas, una pen- sion del Estado de ciento sesenta y cinco pesos oro (RD$165.00) mensuales; 205) A la senora Mireya Perez de Reyes, una pension del Es- tado de cien pesos oro (RD$lOO.OO) mensuales; • _ gga 206) A la señora Lourdes Milagros Camilo López de Reyes, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 207) A la señora Rosa Enérgica Montero, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 208) A la señora Ana Rosa de Jesús de López, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 209) A la señora Melba Dulcina Pérez, una pensión del Estado de ciento cincuenta y seis pesos oro (RD$156.00) mensuales; 210) A la señora Rosa Leonor Cabral de Medina, una pensión del Estado de ciento cincuenta y ocho pesos oro (RD$158.00) mensuales; 211) A la señora Ana Lucila Vargas de Rosario, una pensión del Estado de ciento treinta y dos pesos oro (RD$132.00) mensuales; 212) A la señora Epifania Peña Almonte, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 213) A la señora Ana Lucía Reyes de Pérez, una pensión del Estado de ciento treinta y dos pesos oro (RD$132.00) mensuales; 214) A la señora Dolores Emilia Durán Reyes de Pérez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 215) A la señora Licenciada Tomasina Espinosa de Rodríguez, una pensión del Estado de doscientos setenta pesos oro (RD$270.00) mensuales; 216) A la señora Isabel Rijo Mejía, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 217) A la señora Quilda Petronila Madera de Torres, una pensión del Estado de ciento treinta y cinco pesos oro (RD$135.00) mensuales; 218) A la senora Maria Clotilde Gonzalez de Abreu, una pen- si6n del Estado de ciento treinta y dos pesos oro (RD$132.00) mensuales; 219) AI senor Licenciado Pedro Di6genes Guill~n Castro, una pensi6n del Estado de trescientos pesos oro (RD$300.00) men- suales; 220) AI senor Licenciado Jorge Sterling Echavarria, una pen- si6n del Estado de trescientos pesos oro (RD$300.00) mensua- les; 221) AI senor Pedro Nicolas Jorge Reyes, una pensi6n del Estado de ciento cincuenta pesos oro (RD$150.00) mensuales; 222) AI senor Ram6n Antonio Rodriguez, una pensi6n del Estado de doscientos sesenta y un pesos oro (RD$261.00) men- suales; 223) A la senora Isabel Garrido Poloney, una pensi6n del Estado de cien pesos oro (RD$lOO.OO) mensuales; 224) A la senora Maria Ramirez de Arroyo, una pensi6n del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 225) A la senora Carmen Lourdes Garcia de Rodriguez, una pensi6n del Estado de ciento ochenta pesos oro (RD$180.00) mensuales; 226) A la senora Lucia Rafaela Liriano de M., una pensi6n del Estado de ciento treinta y dos pesos oro (RD$132.00) mensuales; 227) AI senor Eligio Celestino Mateo, una pensi6n del Estado de ciento treinta y dos pesos oro (RD$132.00) mensuales; 228) AI senor Tulio Morales, una pensi6n del Estado de cien pesos oro (RD$lOO.OO) mensuales; 229) A la senora Carmen Maria Castro de PortoITeal, una pen- sion del Estado de doscientos veinte y cinco pesos oro (RD$225. 00) mensuales; • 230) A la señora Ligia Andrea Matchett y Marty, una pensión del Estado de ciento treinta y dos pesos oro (RD$132.00) mensuales; 232) Al señor Licenciado Domingo Jiménez y Jiménez, una pensión del Estado de trescientos pesos oro (RD$300.00) mensuales; 231) A la señora Dominicana Pérez Martínez, una pensión del Estado de trescientos pesos oro (RD$300.00) mensuales; 233) A la señora María Eneida Lora, una pensión del Estado de trescientos pesos oro (RD$300.00) mensuales; 234) Al señor Ramón Arriaga Pontier, una pensión del Estado de ciento noventa y cinco pesos oro (RD$195.00) mensuales; 235) Al señor Luis Alfonso Peguero Guerrero, una pensión del Estado de doscientos seis pesos oro (RD$206.00) mensuales; 236) Al señor José Altagracia Peña Brea, una pensión del Estado de ciento sesenta y cinco pesos oro (RD$165.00) mensuales; 237) Al señor Martín Cáceres, una pensión del Estado de cien pesos orc (RD$100.00) mensuales; 238) A la señora Candida Rosa Caro Cuevas, una pensión del Estado de doscientos diez pesos oro (RD$210.00) mensuales; 239) A la señora Olga Reyes, una pensión del Estado de ciento treinta y cinco pesos oro (RD$135.00) mensuales; 240) A la señora Milagros Gonzalez de Rodríguez, una pensión del Estado de ciento treinta y cinco pesos oro (RD$135.00) mensuales; 241) Al señor Máximo Mejía Sánchez, una pensión del Estado de ciento noventa y cinco pesos oro (RD$195.00) mensuales; 242) Al señor Emilio Mercedes Pérez, una pensión del Estado de ciento ochenta pesos oro (RD$180.00) mensuales; 243) Al señor Marino Paulino García, una pensión del Estado de ciento treinta y dos pesos oro (RD$132.00) mensuales; 244) Al señor Pedro Antonio Rodríguez Grullón, una pensión del Estado de doscientos sesenta y cuatro pesos oro (RD$264.00) mensuales; 245) Al señor Juan Francisco Polanco, una pensión del Estado de ciento treinta y dos pesos oro (RD$132.00) mensuales; 246) A la señora Yolanda Altagracia Gómez de Perdomo, una pensión del Estado de ciento ochenta pesos oro (RD$180.00) mensuales; 247) A la señora Altagracia Miledys Sánchez Méndez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 248) A la señora Dioda Mercedes Rodríguez de Jiménez, una pensión del Estado de ciento ochenta y dos pesos oro (RD$182.00) mensuales; 249) A la señora Irma Lafán Reymán, una pensión del Estado de doscientos sesenta y cuatro pesos oro (RD$264.00) mensuales; 250) Al señor Rafael A. Espaillat López, una pensión del Estado de doscientos sesenta y cuatro pesos oro (RD$264.00) mensuales; 251) Al señor Víctor José Burgos Lemoine, una pensión del Estado de doscientos sesenta y cuatro pesos oro (RD$264.00) mensuales; 252) Al señor Manuel Vólquez Pérez, una pensión del Estado de doscientos sesenta y cuatro pesos oro (RD$264.00) mensuales; 253) A la señora Pura Bélgica Gómez de Jiménez, una pensión del Estado de ciento treinta y dos pesos oro (RD$132.00) mensuales; 254) Al señor Agustín González, una pensión del Estado de ciento treinta y dos pesos oro (RD$132.00) mensuales; 255) A la señora Zoraida Henríquez de Morel, una pensión del Estado de ciento treinta y dos pesos oro (RD$132.00) mensuales; 256) A la señora Fresa Victoria Santana, una pensión del Estado de ciento treinta y dos pesos oro (RD$132.00) mensuales; 257) Al señor Antonio Manuel Bautista Pérez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 258) A la señora Teresa Amelia Grullón de Montes de Oca, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 259) A la señora Teodocia Elvira Manson de Monsanto, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 260) Al señor Felix María López Castillo, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 261) A la señora María Teodocia Cedeño de Burgos, una pensión del Estado de ciento setenta pesos oro (RD$170.00) mensuales; 262) A la señora Josefa Bienvenida Méndez de Santana, una pensión del Estado de ciento treinta y dos pesos oro (RD$132.00) mensuales; 263) Al señor Rafael Alberto Pérez, una pensión del Estado de ciento setenta y siete pesos oro (RD$177.00) mensuales; ------------------------ .. --_ .... ,,- -- ~------ 264) A la senora Cornelia Cruz de Then, una pension del Es- tado de ciento treinta y dos pesos oro (RD$132.00) mensua- les; 265) A la senora Ana Dolores Evangelista Rosario, una pen- si6n del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 266) A la senora Dolores Emilia Duran, una pensi6n del Es- tado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 267) A la senora Benifreda Cambero, una pensi6n del Estado de ciento veinte pesos oro (RD$120.00) mensuales; 268) A la senora Olga Maria Martinez de Rojas, una pensi6n del Estado de doscientos ochenta y cinco pesos oro (RD$285. 00) mensuales; 269) Al senor Ram6n .Antonio Martinez Sosa, una pensi6n del Estado de doscientos sesenta y cuatro pesos oro (RD$264,00) mensuales; 270) Al senor Fausto Ram6n Amarante, una pensi6n del Es- tado de doscientos veinte y cinco pesos oro (RD$225.00) men- suales; 271) A la senora Juana Pena de Tiburcio, una pension del Es- tado de trescientos pesos oro (RD$300.00) mensuales; 272) A la senora Am~rica Pineda de Pena, una pensi6n del Es- tado de ciento cincuenta y seis pesos oro (RD$156.00) mensua- les; 273) Al senor Jose Ram6n Lopez, una pensi6n del Estado de cien pesos oro (RD$lOO.OO) mensuales; 274) A la senora Dolores Vilorio, una pensi6n del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 275) A la senora Aura Mercedes Taveras Alcantara de Minaya, una pensi6n del Estado de dento cincuenta y seis pesos oro (RD$ 156.00) mensuales; 276) A la señora Salomé Francisco Guillén, una pensión del Estado de ciento treinta y dos pesos oro (RD$132.00) mensuales; 277) Al señor Hermógenes Dionicio Lara, una pensión del Estado de ciento treinta y dos pesos oro (RD$132.00) mensuales; 278) A la señora Zenovia J. de Mercedes, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 279) A la señora Martina Espinal Peña, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 280) A la señora Herminia Antonia Aquino de García, una pensión del Estado de doscientos pesos oro (RD$200.00) mensuales; 281) A la señora Juana Cáceres de Castillo, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 282) Al señor Pedro Nicolás Jorge Reyes, una pensión del Estado de ciento cincuenta pesos oro (RD$150.00) mensuales; 283) Al señor Ramón Antonio Rodríguez, una pensión del Estado de doscientos sesenta pesos oro (RD$260.00) mensuales; 284) A la señora Quilda Petronila Madera de Torres, una pensión del Estado de ciento treinta y cinco pesos oro (RD$135.00) mensuales; 285) A la señora Fuensanta Muñoz Fernández, una pensión del Estado de doscientos sesenta pesos oro (RD$260.00) mensuales; 286) Al señor Augusto Rincón Peguero, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 287) A la señora Cecilia Alejo, una pensión del Estado de ciento treinta y cinco pesos oro (RD$135.00) mensuales; 288) A la señora Licenciada Ligia Ramírez de Tena, una pensión del Estado de doscientos setenta pesos oro (RD$270.00) mensuales; 289) A la señora María Ramona Elanco de Fernández, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; 290) Al señor Abraham Smith, una pensión del Estado de ciento cuarenta y siete pesos oro (RD$147.00) mensuales; 291) Al señor Pancracio Lorenzo Mariñez, una pensión del Estado de ciento ochenta y ocho pesos oro (RD$188.00) mensuales; 292) Al señor Zenón Castillo Sánchez, una pensión del Estado de ciento cincuenta y cuatro pesos oro (RD$154.00) mensuales; 293) Al señor Juan Enrique Figueroa Peña, una pensión del Estado de ciento treinta y dos pesos oro (RD$132.00) mensuales. Art. 2.— Dichas pensiones serán pagadas con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones Civiles de la Ley de Gastos Públicos. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diecinueve (19) días del mes de enero del año mil novecientos ochenta y uno; años 137o. de la Independencia y 118o. de la Restauración. ANTONIO GUZMAN

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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