Texto de la norma
Dec. No. 2193, que aprueba la Primera Resolución adoptada por la Junta Monetaria de fecha 16 de diciembre de 1980.
G. O. No. 9549, del 30 de enero de 1981
ANTONIO GUZMAN
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 2193
VISTA la Primera Resolución adoptada por la Junta Monetaria en fecha 16 de diciembre de 1980;
VISTOS los artículos 1 y 2 de la Ley No. 2927, de fecha 18 de junio de 1951, sobre Incineración de Billetes del Banco Central de la República Dominicana, deteriorados y retirados de circulación.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Queda aprobada la Primera Resolución adoptada por la Junta Monetaria en fecha 16 de diciembre de 1980, mediante la cual se autoriza la incineración de billetes del Banco Central de la República Dominicana, deteriorados y retirados de circulación, de las denominaciones de RD$1,000.00, RD$500.00, RD$50.00, RD$20.00, RD$10.00, RD$5.00 y RD$1.00, en las cantidades y numeraciones que se especifican en la misma.
Art. 2.- Comuniquese a los funcionarios indicados en el artículo 3 de la Ley No. 2927, de fecha 18 de junio de 1951, modificado por la Ley No. 159, de fecha 18 de marzo de 1966.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diecinueve (19) días del mes de enero del año mil novecientos ochenta y uno; años 137o. de la Independencia y 118o. de la Restauración.
ANTONIO GUZMAN
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