Dec. No. 2243, que concede sendas pensiones del Estado a los Sres. Antonio Rosario y María Dolores Bautista.
G. O. No. 9550, del 28 de febrero de 1981
ANTONIO GUZMAN
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 2243
VISTA la Ley No. 4219, sobre Pensiones del Estado a Nonagenarios y Centenarios, de fecha 22 de julio de 1955;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Se concede sendas pensiones del Estado de treinta pesos oro (RD$30.00) mensuales, cada una, a los Nonagenarios siguientes: Antonio Rosario y María Dolores Bautista.
Art. 2.- Dichas pensiones serán pagadas con cargo al Fondo que tiene reservado para las Pensiones de Nonagenarios y Centenarios, la Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia Social.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los trece (13) días del mes de febrero del año mil.novecientos ochenta y uno; años 137o. de la Independencia y 118o. de la Restauración.
ANTONIO GUZMAN
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona