Dec. No. 2187, que declara Día del Seguro Privado el 14 de Mayo de cada año.
G. O. No. 9549, del 30 de enero de 1981
ANTONIO GUZMAN
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 2187
CONSIDERANDO que el seguro privado constituye una actividad que contribuye al crecimiento y desarrollo de la economía nacional;
CONSIDERANDO que el día 14 de Mayo ha sido elegido por numerosos países para conmemorar el Día del Seguro Privado;
VISTO el artículo 2 de la Ley No. 3933 del 20 de septiembre de 1954;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Se declara DIA DEL SEGURO PRIVADO el 14 de Mayo de cada año.
Art. 2.- La Superintendencia de Seguros, queda facultada para disponer todo lo relativo a la celebración del citado día.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los trece (13) días del mes de enero del año mil novecientos ochenta y uno; años 137o. de la Independencia y 118o. de la Restauración.
ANTONIO GUZMAN
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona