Texto de la norma
Decreto Nº 390, que autoriza a la Sra. Braulia B. Reynoso Genao de Recio a hacer cambios en su nombre.
(G. O. Nº 9362, del 15 de Febrero de 1975)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 390
CONSIDERANDO que en virtud de la solicitud formulada por la señora Braulia Baudilia Reynoso Genao de Recio, domi-
nicana, mayor de edad, casada, de quehaceres del hogar, portadora de la cédula de identificación personal [omitida], domiciliada y residente en la Sección Las Guáranas, del Municipio de San Francisco de Macorís, Provincia Duarte, fué autorizada a realizar los procedimientos requeridos por la Ley Nº 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de Julio de 1944, para cambiar su nombre por el de Braudelina Reynoso Genao de Recio;
CONSIDERANDO que en el presente caso se han cumplido todas las formalidades requeridas por la ley;
CONSIDERANDO que la Junta Central Electoral ha certificado en fecha 5 de septiembre de 1974, que no se ha realizado oposición legal a la solicitud formulada por la señora Braudilia Baudilia Reynoso Genao de Recio, para que pueda cambiar su nombre por el de Braudelina Reynoso Genao de Recio;
VISTOS los articulos 80, 81, 82 y 83 de la Ley Nº 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—La señora Braulia Baudilia Reynoso Genao de Recio, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Braudelina Reynoso Genao de Recio.
Art. 2.—El presente Decreto se publicará en la Gaceta Oficial y en un diario de circulación nacional.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintinueve días del mes de noviembre del año mil novecientos setenta y cuatro, años 131º de la Independencia y 112º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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