Texto de la norma
Decreto Nº 389, que autoriza a la Sra. Mercedes A. Mejía de Cabral a hacer cambios en su nombre.
(G. O. Nº 9362, del 15 de Febrero de 1975)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 389
CONSIDERANDO que en virtud de la solicitud formulada por la señora Mercedes Alba Mejía Cabral de Cabral, dominicana, mayor de edad, casada, de quehaceres del hogar, portadora de la cédula de identificación personal [omitida], domiciliada y residente en la Sección de Bocacanasta, Provincia Peravia, fué autorizada a realizar los procedimientos requeridos por la Ley Nº 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944, para cambiar su nombre por el de Mercedes Altgracia Mejía Cabral de Cabral;
CONSIDERANDO que en el presente caso se han cumplido todas las formalidades requeridas por la ley;
CONSIDERANDO que la Junta Central Electoral ha certificado en fecha 11 de septiembre de 1974, que no se ha realizado oposición legal a la solicitud formulada por la señora Mercedes Alba Mejia Cabral de Cabral, para que pueda cambiar
su nombre por el de Mercedes Altagracia Mejía Cabral de Cabral;
VISTOS los articulos 80, 81, 82 y 83 de la Ley Nº 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—La señora Mercedes Alba Mejía Cabral de Cabral, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Mercedes Altagracia Mejía Cabral de Cabral.
Art. 2.—El presente Decreto se publicará en la Gaceta Oficial y en un diario de circulación nacional.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintinueve días del mes de noviembre del año mil novecientos setenta y cuatro, años 131º de la Independencia y 112º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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