Texto de la norma
Decreto Nº 325, que aprueba las modificaciones introducidas en los estatutos de la Asociación de Jóvenes Cristianos, Inc. (G. O. Nº 9362, del 15 de Febrero de 1975)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 325
VISTA la instancia que por conducto de la Procuraduría General de la República ha elevado al Poder Ejecutivo la Asociación de Jóvenes Cristianos, Inc., en el sentido de que sean aprobadas las modificaciones introducidas en los Estatutos de dicha Asociación por la Asamblea celebrada en fecha 25 de julio de 1973;
VISTOS los documentos que acompañan dicha instancia;
VISTAS las disposiciones de la Ley Nº 520, del 26 de julio de 1920, sobre Asociaciones que no tengan por objeto un beneficio pecuniario;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Quedan aprobadas las modificaciones de los Estatutos de la Asociación de Jóvenes Cristianos Inc., introducidas por la Asamblea celebrada en fecha 25 de julio de 1973.
Art. 2.—Dichas modificaciones serán efectivas tan pronto como la indicada Asociación realice la publicación y el depósito a que se refiere el artículo 4 de la citada Ley Nº 520.
Art. 3.—Envíese a la Procuraduría General de la República, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diecinueve días del mes de noviembre del año mil novecientos setenta y cuatro, años 131º de la Independencia y 112º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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