Texto de la norma
Art. L-Se
concede la condecoracibn de la Orden del MB-
Art. 2.-Dicha
condecoracibn serh irnpuesta a 10s favore-
cidos m’fecha 12 de noviembre de 1974, con motivo de la cere-
bracibn del “Dia del $ervincia Postal y Telegriifico”.
DADO en Santo Doming0 de Guzmhn, Distrito National,
Cap.’tal de la Repliblica Dominicana, a 10s ocho dias del mes
de noviembre del afio mil novwientos setenta y cuatro, afios
1319 de la Independencia y 1129 de la Restauracibn.
JOAQUDJ EALAGUER
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la RepiibIica Domhicanzb
de abril de 19G8;
i
1968;
VISTO el articulo 88 de.la b y Np 299 del 23 de abril de
55 d d a Constitucibn de la Rep6blica
.
?
dicto el siguiente
D E C R'E T 0 :
Art. 1 . 4 e aprueba la Resoluci6n NQ 4U-74-C
del ai-
rectorio de Desarrollo Industrial, de f2cha 18 de abril de 1974,
que copiada textualmente dice ask
"Resoluci6n NO 4U-74-42
CONSIDERANDO: Que la ernpresa UNDEXGARMENT
FASHIONS 9 .INc.,
present6 al Departamento T&nico Industria
una solicitud registrada en fecha 7 de marzo de 1974, con e1
4XQ
11-74,
para Ber clasificada en la Categoria "A'' y acogeme
a 10s beneficios de la Ley NO 299 del 23 de abxi]. de.1969, de
Incentive y Pratecci6n
' Industrial. -
CONSIDERANDO: Que la referida empresa se dedicarg a
la eonfeccibn de brassies y fajas para damas, que destinarh a
la exportacibn.
VISTO: El Informe favorable rendido gor el Departamento
Tbcnieo Industrid 9 de3 cual se t r a n s c f i b 10s sigvientes puntns:
m
.
blecida en el pais.
Cantidades anuales
Nombre de 10s~ artfcuIos
,
LI
75,000
Docenas ,partes .para brassiers chse In
c
..
h
.
112,fjOO
"
~ o c e n a s partes para' brassiers' clam 2
37,500
Docenas partes para ' brass'iers 'clase 3
373500
Docenas partes para fajas clam I
L
,
'
L * -
'
a
:
d .
'
37,500
Docinas partes para fajas cIi&i 2,
QUINTO: Sujetar esta concesión al cumplimiento por parte de esta empresa de las condiciones y obligaciones exigidas por las leyes del país.
DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, a los diez y ocho (18), días del mes de abril del año mil novecientos setenta y cuatro (1974), años 131° de la Independencia y 111° de la Restauración. Federico Antún, Secretario de Estado de Industria y Comercio. Presidente del Directorio de Desarrollo Industrial.
Yo, Lic. Rafael Angeles Suárez, Secretario Ejecutivo del Departamento Técnico Industrial, CERTIFICO: que esta decisión fue tomada por los Miembros del Directorio de Desarrollo Industrial en sesión celebrada en el Despacho del Secretario de Estado de Industria y Comercio, el 18 de abril de 1974, de la cual reposa acta en los archivos del Departamento Técnico Industrial. Lic. Rafael Angeles Suárez, Secretario Ejecutivo del Departamento Técnico Industrial".
Art. 2.—Envíese a las Secretarías de Estado de Finanzas y de Industria y Comercio, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los ocho días del mes de noviembre del año mil novecientos setenta y cuatro, años 131° de la Independencia y 112° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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