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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 281

que designa una Comisión para que realice un estudio de los perjuicios que se vienen ocasionando a la economía nacional con la exportación de productos elaborados con azúcar destinada al consumo local

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
1 nov de 1974fecha
Designacióntipo
G. O. 9357Gaceta Oficial del 31 dic de 1974
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 281, que designa una Comisión para que realice un estudio de los perjuicios que se vienen ocasionando a la economía nacional con la exportación de productos elaborados con azúcar destinada al consumo local. (G. O. Nº 9357, del 31 de Diciembre de 1974) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 281 CONSIDERANDO que se ha podido comprobar que han sido realizadas exportaciones de productos elaborados con azúcar cuyo valor declarado es menor que el valor del azúcar contenido en los mismos, con grave perjuicio para nuestra economía; CONSIDERANDO que existen denuncias de que la escasez de azúcar que se destina para el consumo local se debe al uso indiscriminado de ese producto en la elaboración de los artículos destinados a la exportación; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.—Se designa una Comisión integrada por el Secretario de Estado de Finanzas, el Secretario de Estado de Industria y Comercio y el Director Ejecutivo del Consejo Estatal del Azúcar, para que realicen un estudio de los perjuicios que se viene ocasionando a la economía nacional con la exportación de productos elaborados con azúcar destinada al consumo local. Art. 2.—Dicha Comisión deberá rendir un informe al Poder Ejecutivo sobre los resultados de su investigación y hacer las recomendaciones de lugar. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, al primer día del mes de noviembre del año mil novecientos setenta y cuatro, años 131° de la Independencia y 112° de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona