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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 846-08

QUE CONCEDE SENDAS PENSIONES A FAVOR DE EMPLEADOS DE LA ADMINISTRACION PUBLICA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
19 dic de 2008fecha
Retiro, jubilación o pensióntipo
G. O. 10504Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano
107personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e instituciónDetalle
Adalberto B. Leonte Gautreaux MejíaPensión—RD$5,000.00
Amado Duvergé CorderoPensión—
Amancia MartínezPensión—RD$20,612.00
Cannen África López RiveraPensión—
Cristian Rafael F. De Moya ParraPensión—RD$35,817.00
Daysi Altagracia Contreras MorenoPensión—RD$7,163.00
Domingo Antonio PeñaPensión—
Félix Santos BerroaPensión—RD$26,468.00
Isabel Milagros Peralta CastroPensión—RD$20,848.00
Jobino De La RosaPensión—RD$5,000.00
Lidia Alcequiez PérezPensión—RD$16,042.00
Luis Alfonso Augusto Álvarez CepedaPensión—RD$9,647.00
Margarita Altagracia Deschamps BurgosPensión—RD$6,567.00
Margarita Soriano de De La CruzPensión—RD$5,320.00
Marianela Jiménez RodoliPensión—RD$20,625.00
Marta Antonia Belinda Rodríguez M. de CamiloPensión—RD$5,000.00
Miguel Ángel Pérez GrullónPensión—
Miguel Antonio SotoPensión—RD$6,567.00
Milagros Martínez RodríguezPensión—RD$15,236.00
Nequeline Pérez N. de RamírezPensión—RD$7,965.00
Rafael Nelson Rosa BenítezPensión—RD$10,746.00
Ramona Claridilia Pantaleón TaverasPensión—RD$29,450.00
Rubén Domingo Reyes GuerreroPensión—RD$5,929.00
Saturnino Rodríguez FernándezPensión—RD$16,500.00
Celeste Ramírez MedinaPensión—RD$5,000.00
César Cabreja SalazarPensión—RD$5,000.00
Damián Francisco Lebrón BeltréPensión—RD$5,200.00
Divina Concepción Rivera Santana de VelozPensión—RD$5,000.00
Félix Vásquez SantanaPensión—RD$5,000.00
Hernán Rodríguez FélixPensión—RD$5,000.00
Juan Francisco ThomasPensión—RD$5,000.00
Juana María Rodríguez Ruiz de MéndezPensión—RD$5,000.00
Lauro Batista RuizPensión—RD$5,000.00
Marco Antonio Tavares De La RosaPensión—RD$5,000.00
Miguel Ángel Encarnación UribePensión—RD$5,000.00
Oscar Elpidio Jiménez De AzaPensión—RD$5,000.00
Persio Antonio Peguero PaulinoPensión—RD$5,000.00
Rafaela Antonia Valdez F. de PérezPensión—RD$5,000.00
Amanda De Los Santos OrtizPensión—RD$22,916.00
Ángela Del Rosario Taveras AntiguaPensión—
Ángela Rivas MorelPensión—RD$8,464.00
Carmelo ToribioPensión—RD$5,117.00
Ernesto Andrés PadillaPensión—RD$22,647.00
Franklin Delano Mencia PérezPensión—RD$19,424.00
Iris Violeta Reyes Reyes de GatónPensión—RD$24,007.00
Luciano BáezPensión—RD$34,746.00
Maritza Daneiry Jiménez RodolíPensión—RD$23,000.00
Militza Del Carmen Despradel Lample de FdezPensión—RD$10,263.00
Artermio RamírezPensión—RD$5,000.00
Carlos Rafael Arriaga GuzmánPensión—
Dalcy Altagracia De Jesús LizardoPensión—
Darío Danilo Simeón Fermín BoitelPensión—RD$11,444.00
Deisy Frandaliza Peña de DíazPensión—
Delsy María Meregildo GarcíaPensión—RD$19,855.00
Francisca Argentina Moscat SilverioPensión—RD$7,499.00
Francisco Augusto Jiménez HolguínPensión—RD$27,887.00
Gil César Guerrero MartePensión—RD$40,000.00
Hilda Altagracia Tatis GómezPensión—RD$7,519.00
Jani Adelaida Caridad Tejada Rodríguez de BritoPensión—
Jirrna Araceli Del Rosario UbieraPensión—RD$7,546.00
Juana Josefina Marte GrangeradPensión—RD$8,763.00
Leovigildo Antonio MaríaPensión—RD$5,000.00
Luciano Hernández MaríaPensión—RD$20,062.00
Manuel Mateo MateoPensión—RD$6,740.00
Manuel Ramón Rosario FranciscoPensión—RD$29,053.00
María Jiminian HilarioPensión—RD$12,736.00
Mary Altagracia AybarPensión—RD$18,223.00
Mauro Felismon Martínez CalderónPensión—
Otilio TejadaPensión—RD$5,000.00
Pablo Francisco Abraham Medina SánchezPensión—
Rafael Emilio NúñezPensión—RD$5,000.00
Ramón Arístides Toribio AbreuPensión—
Rosa JiménezPensión—
Tomasa TaverasPensión—
Víctor Modesto Reyes RodríguezPensión—RD$5,000.00
Bienvenido Liriano PérezPensión—RD$5,000.00
Carmen Pichardo HilarioPensión—RD$5,000.00
Dimas Jacinto Merejo CorreaPensión—
Dulce María Bentances Muñoz de GarcíaPensión—RD$22,633.00
Edwin Antonio Cruz TorresPensión—RD$5,000.00
Esthervina Mercedes Manzueta MauricioPensión—
Glenys Margarita Peña PérezPensión—
Jorge Alcibíades Disla CanaánPensión—RD$38,084.00
José Aníbal García AquinoPensión—RD$5,000.00
Juan Antonio Henríquez UreñaPensión—RD$8,396.00
Penélope Ivelisse González PeñaPensión—
Rogelio Vinicio Vásquez OliveroPensión—RD$33,600.00
Ada MiésesPensión—RD$5,117.00
Alba Vidal MonteroPensión—RD$8,832.00
Ayda Luz Ureña MartínezPensión—
Bélgica Pérez ReyesPensión—RD$16,600.00
Berkys Edeina Rojas Martínez de NoboaPensión—RD$20,915.00
Bienvenido PérezPensión—RD$7,517.00
Francisco Leonel Cabrera VargasPensión—RD$20,397.00
Gregoria Aquino FigueroaPensión—
José Alcedo Báez VargasPensión—RD$8,270.00
José Ramón Ulises Terrero MeloPensión—RD$10,093.00
Lidia Altagracia Montilla AbadPensión—RD$10,094.00
Lourdes Altagracia Torres ReyesPensión—RD$11,069.00
Manuel Tereza Segura LunaPensión—RD$7,795.00
Margarita Maria Then ThPensión—RD$19,044.00
Oiga Yolanda Díaz LoraPensión—RD$28,846.00
Pilar Díaz PaniaguaPensión—RD$7,234.00
Rafael Antonio MatosPensión—
Ruperto Antonio Martínez CamachoPensión—RD$6,940.00
Francisco Santiago MartínezPensión—RD$5,000.00
Abigail Lorenzo LorenzoPensión—RD$33.063.00

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Mostrar el texto (21,498 caracteres)
Dec. No. 846-08 que concede sendas pensiones a favor de empleados de la administración pública. LEONELFERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 846-08 VISTA: La Ley No.379, sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado, del 11 de diciembre del 1981. VISTOS: Los Oficios Nos. 6499, 6500, 6501, 6502, 6538 del 14 y 19 de agosto, 7364, 7365 del 12 de septiembre y el 7873 del 06 de octubre de 2008, elevados al Señor Presidente de la República por el Secretario de Estado de Hacienda, en donde se refiere la petición de pensión de varios servidores públicos que figuran en la parte dispositiva del presente decreto. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1. Se concede el beneficio de la jubilación y se asigna una pensión del Estado, por antigüedad en el servicio, a los siguientes servidores públicos: l. Al señor Adalberto B. Leonte Gautreaux Mejía, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de cinco mil pesos con 00/100 (RD$5,000.00), mensuales. 2. Al señor Amado Duvergé Cordero, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de ocho mil cuatrocientos once pesos con 00/100 (RD$8,41l.00), mensuales. 3. A la señora Amancia Martínez, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de veinte mil seiscientos doce pesos con 00/100 (RD$20,612.00), mensuales. 4. A la señora Cannen África López Rivera, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de cinco mil novecientos diez pesos con 00/100 (RD$5,91O.00), mensuales. 5. Al señor Cristian Rafael F. De Moya Parra, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de treinta y cinco mil ochocientos diecisiete pesos con 001100 (RD$35,817.00), mensuales. 6. A la señora Daysi Altagracia Contreras Moreno, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de siete mil ciento sesenta y tres pesos con 001100 (RD$7,163.00), mensuales. 7. Al señor Domingo Antonio Peña, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de cinco mil ochocientos noventa y un pesos con 00/100 (RD$5,89l.00), mensuales. 8. Al señor Félix Santos Berroa, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de veintiséis mil cuatrocientos sesenta y ocho pesos con 00/100 (RD$26,468.00), mensuales. 9. A la señora Isabel Milagros Peralta Castro, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de veinte mil ochocientos cuarenta y ocho pesos con 001100 (RD$20,848.00), mensuales. 10. Al señor Jobino De La Rosa, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de cinco mil pesos con 001100 (RD$5,000.00), mensuales. 1l. A la señora Lidia Alcequiez Pérez, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de dieciséis mil cuarenta y dos pesos con 00/100 (RD$16,042.00), mensuales. 12. Al señor Luis Alfonso Augusto Álvarez Cepeda, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de nueve mil seiscientos cuarenta y siete pesos con 00/100 (RD$9,647.00), mensuales. 13. A la señora Margarita Altagracia Deschamps Burgos, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de seis mil quinientos sesenta y siete pesos con 00/100 (RD$6,567.00), mensuales. 14. A la señora Margarita Soriano de De La Cruz, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de cinco mil trescientos veinte pesos con 001100 (RD$5,320.00), mensuales. 15. A la señora Marianela Jiménez Rodoli, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de veinte mil seiscientos veinticinco pesos con 00/100 (RD$20,625.00), mensuales. 16. A la señora Marta Antonia Belinda Rodríguez M. de Camilo, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de cinco mil pesos con 00/100 (RD$5,000.00), mensuales. 17. Al señor Miguel Ángel Pérez Grullón, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de trece mil ciento setenta y cinco pesos con 00/100 (RD$13, 175.00), mensuales. 18. Al señor Miguel Antonio Soto, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de seis mil quinientos sesenta y siete pesos con 00/100 (RD$6,567.00), mensuales. 19. A la señora Milagros Martínez Rodríguez, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de quince mil doscientos treinta y seis pesos con 001100 (RD$15,236.00), mensuales. 20. A la señora Nequeline Pérez N. de Ramírez, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de siete mil novecientos sesenta y cinco pesos con 00/100 (RD$7,965.00), mensuales. 2l. Al señor Rafael Nelson Rosa Benítez, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de diez mil setecientos cuarenta y seis pesos con 001100 (RD$10,746.00), mensuales. 22. A la señora Ramona Claridilia Pantaleón Taveras, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de veintinueve mil cuatrocientos cincuenta pesos con 001100 (RD$29,450.00), mensuales. 23. Al señor Rubén Domingo Reyes Guerrero, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de cinco mil novecientos veintinueve pesos con 00/100 (RD$5,929.00), mensuales. 24. Al señor Saturnino Rodríguez Fernández, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de dieciséis mil quinientos pesos con 00/100 (RD$16,500.00), mensuales. 25. Al señor Vicente Antonio V ásquez Guzmán, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de doce mil quinientos treinta y siete pesos con 001100 (RD$12,537.00), mensuales. 26. A la señora Celeste Ramírez Medina, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de cinco mil pesos con 001100 (RD$5,000.00), mensuales. 27. Al señor César Cabreja Salazar, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de cinco mil pesos con 001100 (RD$5,000.00), mensuales. 28. Al señor Damián Francisco Lebrón Beltré, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de cinco mil doscientos pesos con 00/100 (RD$5,200.00), mensuales. 29. A la señora Divina Concepción Rivera Santana de Veloz, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de cinco mil pesos con 00/100 (RD$5,000.00), mensuales. 30. Al señor Félix Vásquez Santana, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de cinco mil pesos con 00/100 (RD$5,000.00), mensuales. 3l. Al señor Hernán Rodríguez Félix, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de cinco mil pesos con 001100 (RD$5,000.00), mensuales. 32. Al señor Juan Francisco Thomas, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]- O, con una pensión de cinco mil pesos con 00/100 (RD$5,000.00), mensuales. 33. A la señora Juana María Rodríguez Ruiz de Méndez, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de cinco mil pesos con 00/100 (RD$5,000.00), mensuales. 34. Al señor Julio César Guerra Espinal, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de veintisiete mil sesenta y nueve pesos con 00/100 (RD$27,069.00), mensuales. 35. Al señor Lauro Batista Ruiz, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de cinco mil pesos con 001100 (RD$5,000.00), mensuales. 36. Al señor Marco Antonio Tavares De La Rosa, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de cinco mil pesos con 00/100 (RD$5,000.00), mensuales. 37. Al señor Miguel Ángel Encarnación Uribe, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de cinco mil pesos con 001100 (RD$5,000.00), mensuales. 38. Al señor Oscar Elpidio Jiménez De Aza, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de cinco mil pesos con 001100 (RD$5,000.00), mensuales. 39. Al señor Persio Antonio Peguero Paulino, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de cinco mil pesos con 001100 (RD$5,000.00), mensuales. 40. A la señora Rafaela Antonia Valdez F. de Pérez, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de cinco mil pesos con 00/100 (RD$5,000.00), mensuales. 4l. A la señora Amanda De Los Santos Ortiz, Cédula de Identidad y Electoral No.001- Oll2209-1, con una pensión de veintidós mil novecientos dieciséis pesos con 001100 (RD$22,916.00), mensuales. 42. A la señora Ángela Del Rosario Taveras Antigua, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de diez mil cuatrocientos veintinueve pesos con 00/100 (RD$1O,429.00), mensuales. 43. A la señora Ángela Rivas Morel, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de ocho mil cuatrocientos sesenta y cuatro pesos con 00/100 (RD$8,464.00), mensuales. 44. Al señor Carmelo Toribio, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de cinco mil ciento diecisiete pesos con 00/100 (RD$5,117.00), mensuales. 45. Al señor Ernesto Andrés Padilla, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de veintidós mil seiscientos cuarenta y siete pesos con 00/100 (RD$22,647.00), mensuales. 46. Al señor Franklin Delano Mencia Pérez, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de diecinueve mil cuatrocientos veinticuatro pesos con 001100 (RD$19,424.00), mensuales. 47. A la señora Iris Violeta Reyes Reyes de Gatón, Cédula de Identidad y Electoral No.00l-0078738-l, con una pensión de veinticuatro mil siete pesos con 00/100 (RD$24,007.00), mensuales. 48. Al señor Luciano Báez, Cédula de Identidad y Electoral No.00l-l000338-l, con una pensión de treinta y cuatro mil setecientos cuarenta y seis pesos con 00/100 (RD$34,746.00), mensuales. 49. A la señora Maritza Daneiry Jiménez Rodolí, Cédula de Identidad y Electoral No.00l-0058513-2, con una pensión de veintitrés mil pesos con 00/100 (RD$23,000.00), mensuales. 50. A la señora Militza Del Carmen Despradel Lample de Fdez., Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]l13682-4, con una pensión de diez mil doscientos sesenta y tres pesos con 001100 (RD$10,263.00), mensuales. Artículo 2. Se concede el beneficio de la jubilación y se asigna una pensión del Estado, por enfermedad, a los siguientes servidores públicos: l. Al señor Artermio Ramírez, Cédula de Identidad y Electoral No.Oll-[cédula]l2-9, con una pensión de cinco mil pesos con 001100 (RD$5,000.00), mensuales. 2. Al señor Carlos Rafael Arriaga Guzmán, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de ocho mil ochocientos doce pesos con 00/100 (RD$8,8l2.00), mensuales. 3. A la señora Dalcy Altagracia De Jesús Lizardo, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]l06l-8, con una pensión de once mil quinientos treinta y cuatro pesos con 00/100 (RD$1l,534.00), mensuales. 4. Al señor Darío Danilo Simeón Fermín Boitel, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]l06-9, con una pensión de once mil cuatrocientos cuarenta y cuatro pesos con 001100 (RD$11,444.00), mensuales. 5. A la señora Deisy Frandaliza Peña de Díaz, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de diez mil ciento setenta pesos con 00/100 (RD$l O, l70. 00), mensuales. 6. A la señora Delsy María Meregildo García, Cédula de Identidad y Electoral No.OOl- [cédula], con una pensión de diecinueve mil ochocientos cincuenta y cinco pesos con 00/100 (RD$19,855.00), mensuales. 7. A la señora Francisca Argentina Moscat Silverio, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de siete mil cuatrocientos noventa y nueve pesos con 00/100 (RD$7,499.00), mensuales. 8. Al señor Francisco Augusto Jiménez Holguín, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de veintisiete mil ochocientos ochenta y siete pesos con 001100 (RD$27,887.00), mensuales. 9. Al señor Gil César Guerrero Marte, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de cuarenta mil pesos con 001100 (RD$40,000.00), mensuales. 10. A la señora Hilda Altagracia Tatis Gómez, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de siete mil quinientos diecinueve pesos con 00/100 (RD$7,519.00), mensuales. 1l. A la señora Jani Adelaida Caridad Tejada Rodríguez de Brito, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de treinta mil quinientos cincuenta y un pesos con 00/100 (RD$30,55l.00), mensuales. 12. A la señora Jirrna Araceli Del Rosario Ubiera, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de siete mil quinientos cuarenta y seis pesos con 00/100 (RD$7,546.00), mensuales. 13. A la señora Juana Josefina Marte Grangerad, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de ocho mil setecientos sesenta y tres pesos con 00/100 (RD$8,763.00), mensuales. 14. Al señor Leovigildo Antonio María, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de cinco mil pesos con 001100 (RD$5,000.00), mensuales. 15. Al señor Luciano Hernández María, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de veinte mil sesenta y dos pesos con 00/100 (RD$20,062.00), mensuales. 16. Al señor Manuel Mateo Mateo, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]O-5, con una pensión de seis mil setecientos cuarenta pesos con 00/100 (RD$6,740.00), mensuales. 17. Al señor Manuel Ramón Rosario Francisco, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de veintinueve mil cincuenta y tres pesos con 001100 (RD$29,053.00), mensuales. 18. A la señora María Jiminian Hilario, Cédula de Identidad y Electoral No.OOl- [cédula], con una pensión de doce mil setecientos treinta y seis pesos con 00/100 (RD$12,736.00), mensuales. 19. A la señora Mary Altagracia Aybar, Cédula de Identidad y Electoral No.OOl- [cédula], con una pensión de dieciocho mil doscientos veintitrés pesos con 001100 (RD$18,223.00), mensuales. 20. Al señor Mauro Felismon Martínez Calderón, Cédula de Identidad y Electoral No.00l-0059067-8, con una pensión de trece mil ciento cincuenta y cinco pesos con 001100 (RD$13, 155.00), mensuales. 2l. Al señor Otilio Tejada, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de cinco mil pesos con 001100 (RD$5,000.00), mensuales. 22. Al señor Pablo Francisco Abraham Medina Sánchez, Cédula de Identidad y Electoral No.00l-0003838-9, con una pensión de veintiún mil quinientos cincuenta y nueve pesos con 00/100 (RD$2l,559.00), mensuales. 23. Al señor Rafael Emilio Núñez, Cédula de Identidad y Electoral No.00l-0866598-5, con una pensión de cinco mil pesos con 001100 (RD$5,000.00), mensuales. 24. Al señor Ramón Arístides Toribio Abreu, Cédula de Identidad y Electoral No.03l- 0075561-4, con una pensión de diez mil sesenta y un pesos con 00/100 (RD$10,06l.00), mensuales. 25. A la señora Rosa Jiménez, Cédula de Identidad y Electoral No.04l-0003392-9, con una pensión de veintitrés mil ciento setenta y siete pesos con 00/100 (RD$23, 177.00), mensuales. 26. A la señora Tomasa Taveras, Cédula de Identidad y Electoral No.00l-0038636-6, con una pensión de cinco mil doscientos catorce pesos con 00/100 (RD$5,2l4.00), mensuales. 27. Al señor Víctor Modesto Reyes Rodríguez, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de cinco mil pesos setecientos cuarenta con 00/100 (RD$5,000.00), mensuales. 28. Al señor Bienvenido Liriano Pérez, Cédula de Identidad y Electoral No.OOl- [cédula], con una pensión de cinco mil pesos con 001100 (RD$5,000.00), mensuales. 29. A la señora Carmen Pichardo Hilario, Cédula de Identidad y Electoral No.07l- 0024695-3, con una pensión de cinco mil pesos con 001100 (RD$5,000.00), mensuales. 30. Al señor Dimas Jacinto Merejo Correa, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de veintinueve mil ciento veinte pesos con 00/100 (RD$29, 120.00), mensuales. 3l. A la señora Dulce María Bentances Muñoz de García, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de veintidós mil seiscientos treinta y tres pesos con 00/100 (RD$22,633.00), mensuales. 32. Al señor Edwin Antonio Cruz Torres, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de cinco mil pesos con 001100 (RD$5,000.00), mensuales. 33. A la señora Esthervina Mercedes Manzueta Mauricio, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de veintiséis mil ciento setenta y ocho pesos con 001100 (RD$26, 178.00), mensuales. 34. A la señora Glenys Margarita Peña Pérez, Cédula de Identidad y Electoral No.001- O 170986-3, con una pensión de dieciséis mil ciento setenta y ocho pesos con 00/100 (RD$16, 178.00), mensuales. 35. Al señor Jorge Alcibíades Disla Canaán, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de treinta y ocho mil ochenta y cuatro pesos con 001100 (RD$38,084.00), mensuales. 36. Al señor José Aníbal García Aquino, Cédula de Identidad y Electoral No.001- 092ll82-1, con una pensión de cinco mil pesos con 001100 (RD$5,000.00), mensuales. 37. Al señor Juan Antonio Henríquez Ureña, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de ocho mil trescientos noventa y seis pesos con 001100 (RD$8,396.00), mensuales. 38. A la señora Penélope Ivelisse González Peña, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de dieciséis mil ochocientos cuarenta y un pesos con 001100 (RD$16,84l.00), mensuales. 39. Al señor Rogelio Vinicio Vásquez Olivero, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de treinta y tres mil seiscientos pesos con 00/100 (RD$33,600.00), mensuales. 40. A la señora Ada Miéses, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de cinco mil ciento diecisiete pesos con 00/100 (RD$5,117.00), mensuales. 4l. A la señora Alba Vidal Montero, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de ocho mil ochocientos treinta y dos pesos con 00/100 (RD$8,832.00), mensuales. 42. A la señora Ayda Luz Ureña Martínez, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de ocho mil cuatrocientos once pesos con 00/100 (RD$8,41l.00), mensuales. 43. A la señora Bélgica Pérez Reyes, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula]- O, con una pensión de dieciséis mil seiscientos pesos con 001100 (RD$16,600.00), mensuales. 44. A la señora Berkys Edeina Rojas Martínez de Noboa, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de veinte mil novecientos quince pesos con 001100 (RD$20,915.00), mensuales. 45. Al señor Bienvenido Pérez, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de siete mil quinientos diecisiete pesos con 00/100 (RD$7,517.00), mensuales. 46. Al señor Francisco Leonel Cabrera Vargas, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de veinte mil trescientos noventa y siete pesos con 001100 (RD$20,397.00), mensuales. 47. A la señora Gregoria Aquino Figueroa, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de siete mil novecientos treinta y un pesos con 00/100 (RD$7,93l.00), mensuales. 48. Al señor José Alcedo Báez Vargas, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de veinte mil trescientos noventa y siete pesos con 001100 (RD$8,270.00), mensuales. 49. Al señor José Ramón Ulises Terrero Melo, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de diez mil noventa y tres pesos con 00/100 (RD$10,093.00), mensuales. 50. A la señora Lidia Altagracia Montilla Abad, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de diez mil noventa y cuatro pesos con 00/100 (RD$10,094.00), mensuales. 5l. A la señora Lourdes Altagracia Torres Reyes, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de once mil sesenta y nueve pesos con 00/100 (RD$11,069.00), mensuales. 52. Al señor Manuel Tereza Segura Luna, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pensión de siete mil setecientos noventa y cinco pesos con 001100 (RD$7,795.00), mensuales. 53. A la señora Margarita Maria Then Then, Cédula de Identidad y Electoral No.OOl- [cédula], con una pensión de diecinueve mil cuarenta y cuatro pesos con 00/100 (RD$19,044.00), mensuales. 54. A la señora Oiga Yolanda Díaz Lora, Cédula de Identidad y Electoral No.OOl- [cédula], con una pensión de veintiocho mil ochocientos cuarenta y seis pesos con 00/100 (RD$28,846.00), mensuales. 55. A la señora Pilar Díaz Paniagua, Cédula de Identidad y Electoral No.00l-0036938- 8, con una pensión de siete mil doscientos treinta y cuatro pesos con 00/100 (RD$7,234.00), mensuales. 56. Al señor Rafael Antonio Matos, Cédula de Identidad y Electoral No.00l-05l8578-9 con una pensión de trece mil cuatrocientos diez pesos con 00/100 (RD$13,4l0.00), mensuales. 57. Al señor Ruperto Antonio Martínez Camacho, Cédula de Identidad y Electoral No.00l-0223774-0, con una pensión de seis mil novecientos cuarenta pesos con 001100 (RD$6,940.00), mensuales. Artículo 3. Se concede el beneficio de la jubilación y se asigna una pensión especial del Estado, a las siguientes personas: l. Al señor Francisco Santiago Martínez, Cédula de Identidad y Electoral No.OOl- [cédula], con una pensión de cinco mil pesos con 001100 (RD$5,000.00), mensuales. 2. Al señor Abigail Lorenzo Lorenzo, Cédula de Identidad y Electoral No.00l-0745836-6, con una pensión de treinta y tres mil sesenta y tres pesos con 00/100 (RD$33.063.00), mensuales. Artículo 4. El presente beneficio no será válido para aquéllas personas que ya se encuentren disfrutando de pensión otorgada por el Estado. Párrafo: En los casos positivos, el beneficiario (a) podrá optar por aquella que más le favorezca. Artículo 5. Dichas pensiones serán pagadas con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones de la Ley de Gastos Públicos. Artículo 6. Envíese a la Secretaría de Estado de Hacienda, para los fines correspondientes. Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los diecinueve (19) días del mes de diciembre del 2008; años 165 de la Independencia y 146 de la Restauración. LEONELFERNÁNDEZ

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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