Dec. No. 833-08 que autoriza una impresión de estampillas para fósforos.
LEONELFERNANDEZ
Presidente de la República Domiuícana
NUMERO: 833-08
VISTA: La Ley sobre Especies Timbradas No.246l del 18 de julio de 1950.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.- Se autoriza la siguiente impresión de estampillas para fósforos:
400,000,000
(CUATROCIENTOS MILLONES) DE ESTAMPILLAS PARA FOSFORO
Sde RD$0.04, color azul, en tamaño de dos y medio (2Yz) centímetros de
ancho por cuatro (4) centímetros de largo con el siguiente diseño: en el
centro de una figura rectangular el número cuatro (4), encima de este
número la palabra "centavo" y debajo la palabra fósforo, en la parte superior
se leerá República Dominicana, Impuestos Internos.
Artículo 2.- La impresión de este tipo de sellos se hará con el mismo tamaño y diseño
correspondiente a las emisiones anteriores.
Artículo 3.- Envíese a la Secretaría de Estado de Hacienda y al Tesorero Nacional para los
fines correspondientes.
Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República
Dominicana, a los doce (12) días del mes de diciembre del año dos mil ocho (2008); años
165 de la Independencia y 146 de la Restauración.
LEONELFERNÁNDEZ
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.
Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona