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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 815-08

QUE AUTORIZA A VARIAS PERSONAS A REALIZAR CAMBIOS EN SUS NOMBRES

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
5 dic de 2008fecha
Otrostipo
G. O. 10501Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 815-08 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres. LEONELFERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 815-08 CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente decreto, habían sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar los procedimientos que para cambios de nombres establece la Ley No. 659 sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944, y sus modificaciones; CONSIDERNADO: Que la Junta Central Electoral ha informado no haber recibido dentro del plazo legal, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido por los interesados; CONSIDERANDO: Que han sido cumplidas todas las formalidades requeridas por la ley; VISTOS: Los Artículos 80, 81, 82 Y 83 de la Ley No. 659 sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1: La señora Teodosia Antonia Gil Tavarez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Antonia Gil Tavarez. Artículo 2: El señor José Miguel Paulino, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Julián Trujillo Paulino. Artículo 3: El señor Juan Alberto Tejada, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Cristian Alberto Tejada. Artículo 4: El señor Leocardo Reyes Díaz, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Leonardo Reyes Díaz. Artículo 5: La señora Asención Muñoz Martínez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Marisol Muñoz Martínez. Artículo 6: El señor Antonio Alberto Pérez Hilario, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Alberto Antonio Pérez Hilario. Artículo7: El señor Yulis Alberto Pineda Suero, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Alberto Píneda Suero. Artículo 8: El señor Plácido Ifrain Polanco García, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Cresencio Polanco CarCÍa. Artículo 9: La señora Elupina Alcántara, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Eludína Alcantara. Artículo 10: El señor Juan De Jesús García Jiménez, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Alex Juan CarCÍa Jiménez Artículo 11. Envíese a la Junta Central Electoral para los fines correspondientes. Dado en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los cinco (5) días del mes de diciembre del año dos mil ocho (2008), año 165 de la Independencia y 146 de la Restauración. LEONELFERNÁNDEZ

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona