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Texto de la norma
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fjepirtarnento ~ ~ c n i c a
Industrial, CERTIFICO : a i e esta cieef-
&in fue tomada por 10s Miembros 6 2 1 Dhectario de DesamoIh
Indu‘strial en aesi6n ceiebrada en el Despacnc del Secretario ‘a.e
Estado de Industria y Cornercio, el dfa 26 de abril de 1974, de
1-a cual reposa acta *En 1c.s archivas del Departamento T6cnico
Industrial. Eic. Rafael Angel.es Suarez, Secretario E jecutivo
del Departamento Tbcnico Industrial’‘.
4 _. _ _ -
(GI
0. Ng 0358, del 30 de Diciembre de 1974)
b5 de la C,onsti.tuciiin de la Reptiblica, dicto el siguiente
D E C R E T Q :
Art, la--Se apr-ueba la R~soluci6n NQ 34---74--hIC,
dictada
por el Directorkt de Desaxrdlo Industrial de fecha 15 de inarzo
de 1974, que ’copiada, textualmente dice asi:
“RESOLUCICON- NQ 34-7d-NC
CONSIDERANDO : Que Ia empresa “ALUMIN10 InfDUS-
TRIAL, C, POR A?, clasificada en la Categoria “c“, por el
termin0 de 8 aiios, con exoneraci6n de un 90%, en base a la
Ley NP 299 del 23 de abril de 1968, de Incentive y Protecci6n
Industrial 9 mediante la Resoh1ci6n.N~ &-73--C,
de fecha 16
de. marzo de 1973, aprobada en virtud del Decretu NO 3422 del
27 de ab& del rnisrno afio, para la produocicin de perfiles de
ahuminio en su primera etapa y para anodizaci6n de perfiles en
una segunda etapa; ha pedido la- indusi6n de nuevos articulos
en su clasificacicin para ser utilizados en e1 tratarniento de “abri-
llantado profundos” (bright-deep) y clanodkadd’ .de 10s perfiles
.1
ae aiuminio, que corresponden a la segunda etapa de su pro-
yecto.
CONSIDERANDO: Atendible la petici6n de que
trata,
procede acogerla favorablernente.
VISTA: La citada Resolucidn NQ 8-73-4-
VISTO: El informe favorable rendido por el Departma-
VISTOS: Los artículos 23 y 38 de la Ley Nº 299 del 23 de abril de 1968, de Incentivo y Protección Industrial.
En ejercicio de las facultades que nos confiere dicha ley.
R E S U E L V E :
PRIMERO: Modificar la citada Resolución Nº 8—73—C, para incluir por el resto del período de la clasificación de la empresa "ALUMINIO INDUSTRIAL, C. POR A.", y en la misma proporción del 90%, los siguiente artículos:
Cantidades anuales Nombre de los artículos
2 Toneladas ácido sulfúrico
6 Toneladas soda cáustica
4 Toneladas gluconato de sodio
1 Toneladas ácido nítrico
1 Toneladas trifosfato de sodio
100 Libras acetato de níquel
100 Libras dicromato potásico
100 Libras cloruro de níquel
100 Kgs. nitrato de plata
40 Toneladas ácido fosfórico
5 Toneladas ácido polifosfórico
35,000 Galones fuel oil
30 Libras anilina
5 Toneladas colorantes orgánico y pigmentos
100 Kgs. cloruro de estaño.
SEGUNDO: Solicitar al Poder Ejecutivo modificar en cuanto sea necesario el señalado Decreto Nº 3432.
Industria- y Cornercio. Presidente del Directorb de x)esrtrroho
Departamento Tbcnico Industrial",
A& 2.v-!3e madifica en cuanto sea newsario el Decreto NO
3422 del 2 7de abril de 1973.
Art. 3.-Enviese
a las Secretarias de:, ;JCskadp . de iKina,nzas
y de Industria y
c CoIXlercio para 10s fines correspond entes
DADO en .San& Damingo de Guman, Distrito Naciona],
Capital de la Repllrblica Dorninicana, 6 10s veintinuwe dias
ijel mes de octubre del akio mil novecientos setenta y cuatro;
afios 131Q de la Independencia y 112* de la Restauraci6n.
JOAQL'IN BALAGUER
Presid.ente de la Repiiblica Dorninicana
NUMERO 233
CONSIDERANDO que la empres,a PEGQRQ INDUSmIAL
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.